
Los empleados en Colombia, además de cumplir con los deberes asignados en sus trabajos, tienen derecho a ciertas concesiones de licencias familiares en caso de que alguien muy cercano a ellos tenga una enfermedad.
De acuerdo con el artículo 57, numeral 6 del Código Sustantivo del Trabajo, consagra y regula la obligación del empleador de conceder al trabajador los permisos necesarios para atender a varias situaciones como la calamidad doméstica distinta de luto.
Es decir, que si hay una situación al interior de la familia, que afecte las actividades a desempeñar en el puesto de trabajo, tiene derecho a solicitar al empleador una licencia remunerada por grave calamidad doméstica.
(Vea también: Cambios que verían trabajadores que pidan permisos para no ir a la empresa; ¿los conoce?)
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Gran parte de los trabajadores en el país desempeñan un doble papel, el de padre o madre, siendo una de las mayores responsabilidades que deben asumir, ya que es imposible desligarse de él mientras se cumple con las funciones laborales.
Es muy común que los niños tengan algún percance de salud o un accidente en el colegio, incluso en el hogar. Por lo que la presencia de los padres es necesaria para atender este tipo de situaciones.
Se debe tener en cuenta que las incapacidades de los hijos no son válidas para el trabajador y no están contempladas en la legislación laboral. Sin embargo, en algunos casos se deben estudiar las circunstancias y qué clase de incapacidad es.
Según la abogada Adriana Vargas, en una entrevista para el portal de El Empleo, el artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo contempla la calidad doméstica a la que se puede acoger el trabajador de acuerdo con la situación particular.
“Esta calamidad se debe argumentar con el empleador para que efectivamente dé permiso de la ausencia del trabajador”, aseguró Vargas.
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