La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia declaró improcedente una tutela interpuesta por un ciudadano que pedía retirar la imagen de un crucifijo que se encuentra en uno de los espacios principales de la Corte Constitucional.

El sujeto reclamaba que la entidad no podía tomar partido con una religión y que debía ser neutral. Al respecto, la Corte en el fallo aseguró que “es un objeto de innegable vínculo cultural con la civilización occidental” 

Además, el organismo explicó la decisión: “No existe vestigio alguno de que al reclamante o a otro grupo se les estén transgrediendo sus atributos básicos con el hecho de hallarse colgado el crucifijo que se encuentra en la Sala Plena de dicha corporación”.

La Sala Civil le dio un reporte al ciudadano que presentó la tutela, con toda una explicación de la importancia histórica que tiene el símbolo. Incluso, aclaró por qué su presencia en la sala del alto tribunal no significa un choque con el Estado laico, como lo fija la carta política en Colombia.  

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También, la Corte resaltó que los símbolos religiosos “no son problemática en términos de derechos humanos, siempre que pueda atribuírsele, de manera clara y evidente, un contenido secular significativo y predominante ya sea tradicional o histórico”.

En el país ya han ocurrido algunas manifestaciones religiosas que han sido cuestionadas. Por ejemplo, en 2020, el presidente Iván Duque recibió la orden de un juez del Tribunal Superior de Cali de borrar un trino en el que hacia alusión a la Virgen de Chiquinquirá. Al mandatario le pidieron abstenerse de hacer uso de cualquier manifestación que revele la prevalencia a su confesión religiosa.