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Este artículo fue curado por Sarah Gutierrez   Sep 4, 2025 - 4:23 pm
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El Consejo de Estado negó las pretensiones de las demandas presentadas contra la elección de José Ismael Peña Reyes como rector de la Universidad Nacional, ocurrida en marzo del año pasado. La Sala de lo Electoral concluyó que se respetó el resultado de la consulta previa realizada a la comunidad académica y que el método de votación con el que se eligió se adoptó con las mayorías requeridas y se aplicó en debida forma.

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“La Sección Quinta valoró las pruebas allegadas y encontró demostrado que el Consejo Superior Universitario de la Universidad Nacional adelantó el proceso electoral que culminó con la elección del demandado, de conformidad con las normas legales y estatutarias que lo regulan”, concluyó el Consejo de Estado.

José Ismael Peña fue rector por un poco más de un mes. Sin embargo, fue apartado del cargo luego de que el Consejo Superior Universitario (CSU), con la llegada de nuevos miembros, decidió “corregir” el proceso de designación, con el argumento de que la ahora exministra de Educación, Aurora Vergara, no había firmado la respectiva acta que nombraba oficialmente a Peña. El CSU, entonces, eligió a Leopoldo Múnera, quien actualmente sigue en el cargo.

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Es por eso que el Consejo de Estado precisó que “la decisión adoptada no conlleva que José Ismael Peña Reyes regrese a la rectoría de la Universidad Nacional, pues el objeto del juicio adelantado es definir la legalidad de su elección y no el reconocimiento de derecho alguno”. En ese sentido, se espera un nuevo fallo para definir si la designación de Múnera fue legítima.

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Lo que argumentaban los demandantes contra la elección de Peña

Según lo que afirma la sentencia, los demandantes argumentaban que la votación no había sido legítima debido a que “decidieron remplazar el método que ‘históricamente’ se había aplicado para elegir al rector”, lo cual permitía “manipular las elecciones”. Además, dijeron que antes de la votación, el 12 de marzo de 2024, se adelantó la consulta previa a la comunidad académica de la universidad, “en la cual resultó ganador Leopoldo Alberto Múnera Ruiz, con el 34,4 % de la votación, mientras que José Ismael Peña Reyes obtuvo el 8,4 % de los apoyos”.

La defensa de Peña, por otro lado, dijo que los demandantes no “precisaron la norma que ‘fue cambiada y en qué medida’ y la forma en que, supuestamente, resultó vulnerado el derecho al debido proceso”. Añadió que la CSU “tiene la potestad para definir el sistema de votación con el cual se elegirá al rector para el respectivo periodo institucional y no está obligado a utilizar la misma metodología, como lo pretenden los demandantes, siempre que la designación culmine con el voto favorable de la mitad más uno de los miembros con derecho a voto”.

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Al respecto, y tras analizar las dos posiciones frente a la elección, la Sala concluyó que “el proceso de elección sí cumplió con la mayoría absoluta requerida, comoquiera que, luego de la etapa eliminatoria, al quedar seleccionados los dos candidatos con mayor respaldo de la CSU, se llevaron a cabo tres rondas de votación con opción única, atendiendo a la metodología seleccionada por el mismo órgano de dirección del ente autónomo y conforme a lo previsto por el artículo 72 del estatuto de la universidad

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