Escrito por:  Redacción Nación
Nov 22, 2023 - 6:11 pm

En la actualidad, el artículo 154 del Código Civil colombiano establece nueve causales para solicitar la terminación del matrimonio en el país, esto con la finalidad de que los cónyuges (unidos por matrimonio civil o católico) dejen de tener vida en común, disuelvan su vínculo y separen los bienes que pertenecen a la sociedad conyugal. Estas son:

  1. Relaciones sexuales extramatrimoniales.
  2. Incumplimiento grave o injustificado de los deberes establecidos por la ley, como cónyuges o padres, de ser el caso.
  3. Ultrajes, trato cruel o maltrato.
  4. Embriaguez habitual.
  5. Consumo de sustancias alucinógenas o estupefacientes habitual, salvo por prescripción médica.
  6. Enfermedad grave e incurable que ponga en riesgo la salud física o mental del otro cónyuge.
  7. Toda conducta tendiente a corromper o pervertir al otro cónyuge, sus descendientes o personas a su cuidado y convivan bajo el mismo techo.
  8. Separación de cuerpos judicial o de hecho superior a dos años.
  9. Mutuo acuerdo entre ambos cónyuges.

Sin embargo, el Código Civil establece igualmente en el artículo 156 que:

“El divorcio sólo podrá ser demandado por el cónyuge que no haya dado lugar a los hechos que lo motivan y dentro del término de un año, contado desde cuando tuvo conocimiento de ellos respecto de las causales 1a. y 7a. o desde cuando se sucedieron, respecto a las causales 2a., 3a., 4a. y 5a.”

También es claro con respecto a la terminación de las obligaciones civiles en el artículo 160, resolviendo:

“Ejecutoriada la sentencia que decreta el divorcio, queda disuelto el vínculo en el matrimonio civil y cesan los efectos civiles del matrimonio religioso, así mismo, se disuelve la sociedad conyugal, pero subsisten los deberes y derechos de las partes respecto de los hijos comunes y, según el caso, los derechos y deberes alimentarios de los cónyuges entre sí

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¿Cuál es el proceso de divorcio en Colombia?

El proceso de divorcio en Colombia se tramita de forma general en 5 pasos. Para CABA Abogados, estos pueden variar dependiendo de la situación particular del solicitante, lo cual puede hacer que el proceso sea rápido o tarde más.

  1. Solicitud de divorcio presentada por una de las partes ante un juez de familia (en caso de ser un divorcio contencioso, es decir, sin mutuo acuerdo) o por ambas (en caso de ser un divorcio voluntario), en cuyo caso, este puede también puede adelantarse con un notario.
  2. Notificación de la solicitud al otro cónyuge cuando la causal de divorcio es contenciosa, para que tenga la oportunidad de responder.
  3. Negociación en el caso de un divorcio por mutuo acuerdo permite acordar los términos, es obligatorio que en esta presenten en caso de tener hijos, un preacuerdo sobre su custodia, visita y cuota alimentaria; la liquidación y repartición de la sociedad conyugal (repartición de bienes) puede darse en el mismo proceso o en uno separado. En el caso de un divorcio contencioso, puede darse una audiencia para que ambas partes concilien; en dado caso que no se logre un acuerdo, estos presentarán sus argumentos y se practicarán las pruebas correspondientes.
  4. Decisión del juez si las partes llegaron a un acuerdo, este lo revisará y emitirá la sentencia de ser adecuado. Cuando se trata de un proceso contencioso, este tomará la decisión sobre los aspectos en disputa.
  5. Registro del divorcio una vez sea emitida la sentencia en la Oficina de Registro Civil para que esta sea legalmente efectiva.

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¿De qué trata el “divorcio libre” en Colombia?

El proyecto de ley conocido como “divorcio libre unilateral” agrega una décima causal a la ley vigente que permite que se dé el divorcio por voluntad de cualquiera de los cónyuges, además de otras disposiciones como que la demanda pueda presentarse en cualquier tiempo, sin límites de caducidad y con un artículo enfocado a  la protección a víctimas de violencia intrafamiliar. Asimismo, indica Semana, permite que en el caso de que uno de los cónyuges no esté de acuerdo con la disolución de la unión, pueda presentar una demanda de reconvención para adjuntar una causal.

Sin embargo, esta no es la primera vez que se tramita en el Congreso, pues en 2021, el proyecto de los representantes de la Cámara, Katherine Miranda (Partido Verde), Juan Fernando Reyes (Partido Liberal) y Julián Peinado (Partido Liberal) fue archivado en la Cámara de Representantes. Tras su rescate en el periodo legislativo actual, ayer 21 de noviembre de 2023, el Senado lo aprobó en segundo debate con 59 votos a favor. El resultado lo compartió Miranda en su cuenta de X:

Tras la ponencia, algunos senadores manifestaron diferentes propuestas e iniciativas para modificar el proyecto de ley, como lo reporta la prensa del Senado, de las que se aprobaron:

  • La modificación de los artículos 2 y 3 del proyecto, con el propósito de generar un estímulo mediante terapias familiares, para salvar el matrimonio. Propuesta de la Senadora Karina Espinosa (Partido Liberal), quién manifestó que “La familia es la base fundamental de la sociedad y el matrimonio es quien lo fundamenta, debemos buscar la estrategia para fortalecer el núcleo familiar y mantenerlos unidos”. Fue aprobada con 64 votos positivos y 5 por el no.
  • La iniciativa para proteger y garantizar el bienestar de los hijos. Elevada por la Senadora Aída Abella (UP/ Pacto Histórico) pues desde su perspectiva “las mujeres no pueden quedar desamparadas, ellas al quedar solas, tienen que mantener a sus hijos”. Fue aprobada con 59 votos positivos y 11 por el no.

¿Qué sigue para que el “divorcio libre” sea una ley?

Con el visto bueno de la Cámara Alta, es turno de debatirlo en la comisión correspondiente en la Cámara de Representantes y posteriormente en plenaria en esa misma corporación. De ser aprobado, el proyecto de ley pasaría a sanción presidencial.

Sin embargo, según Semana, existe la posibilidad de que el debate del articulado se dé en 2024 debido a los retrasos existentes en la Cámara Baja de Congreso de la República por el trámite de la reforma a la salud, una de las propuestas clave del gobierno Petro que se encuentra en el limbo y por la cual se espera una reunión entre el mandatario y el expresidente Álvaro Uribe, para destrabar el proyecto.

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