Por: Portal Bogotá

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Este artículo fue curado por pulzo   Oct 29, 2025 - 6:31 am
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En Bogotá, quienes sean sancionados con un comparendo de tránsito tienen la opción de acceder a descuentos sobre el valor de la multa si cumplen con los requisitos establecidos por la ley. Según la información suministrada por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM), es posible obtener una reducción del 50 % o del 25 % en la sanción al realizar un curso pedagógico dentro de los plazos previstos. Este mecanismo busca incentivar la pronta resolución de las infracciones y fomentar en los ciudadanos el aprendizaje sobre normas viales.

Para facilitar el acceso a estos cursos pedagógicos, actualmente existen cinco puntos en la ciudad donde los infractores pueden asistir: Edificio Restrepo, Fontibón Centro, Tintal Plaza, Centro Comercial San Rafael y el Centro de Servicios de Movilidad Calle 13. Recomendaciones de la SDM enfatizan la importancia de llegar con anticipación y disponer de aproximadamente dos horas para completar el procedimiento.

Con corte al 30 de septiembre de 2025, la SDM reportó que se han impuesto 723.794 comparendos en Bogotá; de estos, 320.751 han sido pagados haciendo uso del beneficio del descuento por realización del curso pedagógico. Los descuentos varían según el tipo de notificación. Para comparendos notificados en vía, el 50 % de descuento aplica si el infractor realiza el curso y el pago en los cinco días hábiles siguientes; el 25 % si lo hace entre el sexto y el vigésimo día hábil. Para los comparendos electrónicos, el plazo se amplía: 50 % de descuento si el trámite se concreta dentro de los once días hábiles y 25 % entre el duodécimo y el vigésimo sexto día hábil tras la notificación.

La convocatoria de la SDM, expresada mediante sus canales oficiales y redes sociales, resalta la importancia de regularizar los comparendos, argumentando que el pago contribuye al desarrollo de la ciudad. Las cifras reflejan la acogida ciudadana a estos incentivos, promoviendo el cumplimiento de las normas.

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El proceso también contempla el derecho a impugnar la sanción si el ciudadano no está de acuerdo con la infracción. En estos casos, se debe presentar el reclamo y las pruebas pertinentes en una audiencia pública virtual. Los plazos legales para impugnar, establecidos por la Ley 769 de 2002 y Ley 1843 de 2017, son de cinco días hábiles para comparendos notificados en vía y de once días hábiles para los electrónicos. Las citas para adelantar este procedimiento pueden ser solicitadas gratuitamente, sin intermediarios, a través de los canales oficiales: el sitio web www.movilidadbogota.gov.co o la aplicación Mi Movilidad a un clic, disponible en línea.

En cuanto a la consulta y pago de multas, el portal de la SDM permite verificar y cancelar los comparendos en línea ingresando los datos requeridos y usando pagos electrónicos seguros como PSE, o bien descargando el volante para abonar en bancos autorizados. Alternativamente, la aplicación Mi Movilidad a un clic habilita la consulta rápida y autogestionada del proceso para los usuarios registrados.

¿Cómo se determina si un comparendo ha sido notificado en vía o de manera electrónica?

La forma de notificación de un comparendo en Bogotá es relevante porque condiciona tanto los plazos para acceder a descuentos como los términos legales para impugnar la sanción. Los comparendos notificados en vía suelen realizarse de inmediato por un agente de tránsito en el momento de la presunta infracción, mientras que los electrónicos corresponden a sanciones registradas a través de medios automatizados o cámaras y se notifican posteriormente al domicilio o correo registrado del infractor.

Comprender esta diferencia garantiza que los usuarios puedan ejercer adecuadamente sus derechos y aprovechar los beneficios otorgados por la SDM en los plazos estipulados por la ley, evitando así incrementos en el valor de la multa o la pérdida de oportunidades para impugnación.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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