Escrito por:  Redacción Bogotá
Ene 28, 2024 - 6:07 pm

El anuncio de pico y placa en Bogotá durante el sábado 26 de enero debido a los incendios forestales que han puesto en emergencia a la ciudad llevaron a que se ajustaran varias medidas de choque.

Si bien de manera oficial se indicaron los cambios que se ejecutarán por la alerta fase 1 en la capital colombiana, la Secretaría Distrital de Movilidad implementó medidas en colaboración con la Secretaría de Ambiente para llevarlas a cabo.

¿Cómo operará pico y placa en Bogotá por alerta de incendios?

La Alcaldía publicó desde su sitio web la siguiente guía sobre cómo funcionará la restricción vehicular en medio de las conflagraciones que han afectado la calidad del aire. Así será de lunes a viernes:

  • Días impares pueden circular los vehículos particulares con placa terminada en: 1, 2, 3, 4 y 5, de 6:00 a. m. a 9:00 p. m.
  • Días pares pueden circular los vehículos particulares con placa terminadas en: 6, 7, 8, 9 y 0, de 6:00 a. m. a 9:00 p. m.

Cabe recordar que la medida, que comenzó el 26 de enero, se prolongará durante los sábados hasta que se mantenga vigente la alerta por calidad del aire en Bogotá. Funcionará de acuerdo al dígito correspondiente para los vehículos particulares, con excepciones como lo son: carros eléctricos, híbridos y los que movilizan personas con discapacidad.

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Sobre la realidad acerca del pico y placa solidario en la capital colombiana, se aclaró que solo se suspende la emisión de nuevos permisos, por lo que quienes ya lo habían adquirido con anterioridad, sea para un día, mes o semestre, pueden circular de acuerdo con el permiso adquirido.

Cabe remarcar, no obstante, que este permiso solo funciona de lunes a viernes, así que no funciona los sábados como parte de las medidas por parte de las autoridades.

¿Qué medidas anunciaron en movilidad de Bogotá por alerta de incendios?

De igual manera, la medida de restricción para los vehículos de transporte de carga, modelo iguales o anteriores al año 2014 operará de la siguiente manera:

  • Lunes a sábado, de 6:00 a. m. a 1:00 p. m., para los vehículos con placa terminada en dígito impar (1, 3, 5, 7 y 9). De 1:00 p. m. a 8:00 p. m., para los vehículos de carga cuya placa termina en dígito par (2, 4, 6, 8 y 0).
  • Aplica para los vehículos de carga con placa blanca y amarilla.

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