Según informó la entidad, se levantará la medida de suspensión de actividades de senderismo y turismo ecológico durante un periodo de prueba de 120 días calendario.

“La Empresa de Acueducto de Bogotá y los ciudadanos que hacen uso del sendero tendrán que demostrar que las actividades de senderismo se hacen en buenas condiciones, con el fin de garantizar la seguridad ciudadana, las condiciones dotacionales o logísticas para garantizar que el sendero no se vea afectado, y de otro lado, el compromiso ciudadano y del Acueducto para que se respete el flujo de personas que pueden frecuentar el sendero”, afirmó Néstor Guillermo Franco, director general de la CAR Cundinamarca, en un comunicado.

El artículo continúa abajo

Así mismo, informó que los horarios que quedarán establecidos para el ingreso a ese sendero ecológico serán: de lunes a viernes de 5:00 a 9:00 de la mañana, con hora máxima de salida a las 10:00 de la mañana; y los fines de semana de 6:00 a 11:00 de la mañana, con hora máxima de salida a las 12:00 del mediodía.

Tras este anuncio de la CAR, el Acueducto deberá anunciar la fecha oficial en la que se dará la reapertura oficial del sendero, que se espera que sea en los próximos días.

En lo que al número máximo de visitantes respecta, la CAR publicó la siguiente tabla:

CAR

La CAR aclaró que para que el levantamiento de la medida sea definitivo, el Acueducto debe cumplir con estos lineamientos:

  • “Garantizar el cierre del sendero una vez a la semana, el cual será los días lunes y en caso de ser festivo, pasará a ser el día martes. Esto con el fin de realizar labores de mantenimiento.
  • Garantizar un canal de comunicación constante con las comunidades aledañas a la quebrada, así como un espacio de articulación con las entidades competentes en el territorio y en la operación del sendero.
  • Garantizar el canal de reservas y control de ingreso a la quebrada, sobre todo los fines de semana, con el fin de no exceder la capacidad de carga del sendero; así mismo, deberá llenar el registro de ingreso de visitantes y deberá ser reportado a la Corporación.
  • Garantizar el personal idóneo y suficiente para la ejecución de las actividades de recreación.
  • Cumplir el programa “No deje rastro”, el cual permitirá el control y manejo de los residuos sólidos al interior de la reserva.
  • Garantizar la ejecución de las actividades mencionadas en el documento “Medidas de control de las actividades de senderismo y turismo ecológico en los predios de la propiedad del Acueducto…” para garantizar la óptima operación del sendero de la quebrada.
  • Garantizar una estrategia de comunicación adecuada donde se informe las medidas de manejo, datos de ingreso, número de visitantes que podrán ingresar, actividades permitidas y restringidas.
  • Realizar monitoreo tecnológico (mediante drones) por lo menos cada quince días, para que la Empresa realice las actividades de control y vigilancia.
  • La Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá, para la apertura del sendero, debe contar con batería de baños, ubicadas por fuera del área de Reserva Forestal Protectora Bosque Oriental.
  • La señalización deberá transmitir los valores ambientales del sendero y por ende de la reserva, así como, informar las actividades restringidas en ciertos puntos del recorrido.
  • La Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá deberá generar espacios de trabajo con la Policía Nacional, la cual debe asegurarse y comunicarla a la Corporación”.