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Este artículo fue curado por Marizol Gómez   Abr 15, 2024 - 10:48 am
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El Juzgado Primero Penal del Circuito de Armenia dio inicio a la audiencia de formulación de acusación de los procesados Andrés Hernández Grajales, de 37 años, y María Eugenia Díaz Muñoz, de 45 años, señalados por el homicidio agravado de Aldemar Marín Tabares.

A Hernández Grajales y Díaz Muñoz se les acusó de dos conductas, homicidio agravado en concurso con porte o tenencia de armas de fuego, siendo víctima Aldemar Marín Tabares quien tenía 44 años para el momento de los hechos, los cuales se presentaron el 5 de febrero de 2023 a las 12:05 a. m., en el barrio Alfonso López de La Tebaida, en la esquina de la carrera 7 con calle 9, sector conocido como ‘Los Chenchos’.

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Según la Fiscalía, María Eugenia Díaz Muñoz habría pagado al señor Brayan Alexis Zapata Ortíz y a alias ‘Camilo’ la suma de $1.000.000 para cometer el homicidio de Aldemar Marín Tabares. Los dos supuestos asesinos utilizaron un arma de fuego, aprovechando que la víctima llegaba en una moto, estaba distraída e indefensa, la sorprendieron y dispararon en repetidas ocasiones, causándole la muerte.

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Posterior al asesinato, los sicarios huyeron del lugar, pero tras las investigaciones adelantadas por la Fiscalía en recolección de material probatorio, entrevistas y revisión de cámaras de seguridad se pudo identificar los rostros de ambos, lo que se confirmó mediante actas de reconocimiento fotográfico.

“El señor Marín Tabares vendía estupefacientes sin el control de Díaz Muñoz y este accionar hizo que se vieran perjudicados en la venta diaria de la olla del municipio de La Tebaida que está bajo su control”, dijo el fiscal.

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Por otra parte, se tiene como coautor del homicidio al señor Hernández Grajales, su actuar consistió en haber ubicado a la víctima, entregar las armas de fuego a los sicarios con las que se cometió el hecho y de haberles señalado la ruta de escape.

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“Se les acusa a la señora Díaz Muñoz como partícipe determinadora y a Hernández Grajales como coautor de las conductas punibles del delito de homicidio agravado, porte ilegal de armas de fuego con culpabilidad dolosa por haber conciencia, voluntad y ser antijurídica al vulnerar bienes jurídicamente protegidos por la ley como la vida y la seguridad pública, teniendo en cuenta los elementos materiales probatorios, información legalmente obtenida que permite afirmar con probabilidad y verdad que la conducta delictiva existió”, expresó el fiscal.

El agravante en el homicidio se dio porque al quitarle la vida a Marín Tabares, se pretendía facilitar la venta y comercialización de sustancias estupefacientes, se pagó por el homicidio y en el hecho la víctima se encontraba distraída e indefensa, “quedando la pena de 400 a 600 meses de prisión para esta primera conducta que se le acusa y se les imputan a los dos que es la de homicidio agravado”, dijo el fiscal.

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Por el delito de porte ilegal de armas de fuego pueden recibir una condena en prisión de entre 9 y 12 años. “Ante el Juzgado Cuarto de Armenia, el 15 de diciembre de 2023, se realizó la formulación de imputación, cargos que no aceptaron, sin embargo, el juzgado puso la medida de aseguramiento preventivo en establecimiento carcelario a la señora María Eugenia Díaz Muñoz y medida de aseguramiento en detención preventiva en establecimiento domiciliario en contra del señor Andrés Grajales Hernández.

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Por último, el juez convocó a todas las partes para dar inicio a la audiencia preparatoria de juicio oral, la cual se fijó para el 7 de mayo a las 7:15 a. m.

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