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Este artículo fue curado por pulzo   Sep 4, 2026 - 4:46 pm
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La llamada “Lista Clinton” es un término ampliamente utilizado en Colombia y en otros países cuando se conocen casos de personas o empresas afectadas por sanciones de Estados Unidos, especialmente en contextos de lucha contra el narcotráfico o cuando aparecen restricciones financieras. Pese a su frecuente mención en medios y conversaciones, la “Lista Clinton” no corresponde a una denominación oficial ni constituye una única lista formalmente avalada por el gobierno estadounidense.

La expresión, sin embargo, se asocia primordialmente con las listas que administra la Oficina de Control de Activos Extranjeros de Estados Unidos, conocida como OFAC (por sus siglas en inglés). OFAC mantiene y actualiza periódicamente distintos registros de sanciones, siendo uno de los más reconocidos la llamada Lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas, o lista SDN. En estos listados aparecen nombres de personas, empresas u organizaciones que, bajo diversos programas estadounidenses, han sido objeto de sanciones por razones como el narcotráfico, el terrorismo o la violación de normas financieras internacionales.

El término “Lista Clinton” surgió durante el gobierno de Bill Clinton, momento en el que Estados Unidos incrementó sus acciones para enfrentar las redes internacionales del narcotráfico. Así, en virtud de simplificar una realidad compleja, en Colombia y otros países se adoptó esa expresión para designar a quienes figuran en los registros restrictivos de OFAC. Es importante recalcar que este término no refleja el nombre oficial de los registros, que técnicamente corresponden a distintas listas y programas desarrollados y gestionados por OFAC.

La implicación de estar en estos listados es considerable. Una persona o empresa incluida en la llamada “Lista Clinton” puede experimentar inmediatamente serias trabas para efectuar operaciones comerciales o financieras. De acuerdo con la normativa de OFAC, se pueden congelar bienes bajo jurisdicción estadounidense y se restringe la posibilidad de que ciudadanos o compañías estadounidenses mantengan vínculos económicos con los sancionados. Aunque la legislación colombiana no admite la “Lista Clinton” como norma nacional, la Superintendencia Financiera de Colombia remarca que los riesgos derivados de aparecer en estos registros pueden incidir en la forma en que bancos y entidades locales evalúan y deciden sus relaciones comerciales y contractuales.

Por último, debe aclararse que estar en alguno de estos listados no equivale a tener una deuda bancaria o comercial. A diferencia de los reportes crediticios —que obedecen al comportamiento financiero individual—, la inclusión en la lista guarda relación con sanciones internacionales impulsadas por el gobierno estadounidense.

¿Qué consecuencias tiene aparecer en la Lista Clinton en Colombia?

La inclusión en la llamada “Lista Clinton” puede limitar severamente el acceso a servicios financieros y comerciales en Colombia, ya que las entidades bancarias suelen considerar este antecedente como un riesgo mayor. Aunque no es una norma nacional, la información de OFAC influye en la toma de decisiones de bancos y empresas al evaluar posibles relaciones con personas o compañías allí señaladas.

¿Qué significa la sigla OFAC y cuál es su función principal?

OFAC corresponde a la Oficina de Control de Activos Extranjeros de Estados Unidos. Su función principal es administrar y hacer cumplir programas de sanciones económicas y comerciales contra países, individuos y organizaciones que representan amenazas para la seguridad o la política exterior estadounidense, como parte de su lucha contra el narcotráfico, el terrorismo y otros delitos financieros.

Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.


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