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Escrito por:  Valeria Arias
Redactora     Mar 17, 2024 - 12:10 pm

Hace varios días Migración Colombia aplica las nuevas condiciones para viajeros internacionales por un fallo que ratifica la Ley 2097 de 2021. Estos son los requisitos claros para viajeros que salgan del país con menores de edad debe cumplir.

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Esta medida se dio luego de que emitiera la orden judicial que ratifica la ley mencionada, la cual ordena que, en caso de incumplimiento con las obligaciones alimentarias de un menor de edad, el permiso firmado por los dos padres para la salida del menor no será requeridoLas obligaciones de este tipo están consignadas en el Registro de Deudores Morosos de Alimentos (Redam).

Sin embargo, fuera de estos casos, el menor de edad deberá contar con permiso firmado por los dos padres o padre con quien no viaje con el menor, el cual debe estar autenticado ante notario público o autoridad consular exterior.

De esta forma, el proceso para la salida del país del niño cuando hay un moroso alimentario inicia cuando un juez o funcionario competente ordena la inscripción de esta persona en el Redam.

Así las cosas, el madre o padre presenta el certificado de inclusión en el Redam, el cual se puede verificar con un código QR. El viajero mayor de edad igual debe presentar documentos clave para la salida, como el pasaporte colombiano válido, copia del Registro Civil de Nacimiento del menor de edad, pasaje de salida y visa para el país de destino si este lo exige.

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¿Qué necesita un menor de edad para viajar al exterior?

Para todos los casos, estos son los documentos que debe alistar el tutor legal que viajará con el menor de edad:

  1. Copia del registro civil de nacimiento del menor de edad.
  2. Nombre completo del menor de edad y número de documento de identidad. Si dispone de copia del pasaporte del menor, puede aportarla.
  3. Lugar de destino final y propósito del viaje (por ejemplo: turismo, estudios, etc.)
  4. Fecha de salida y fecha de regreso a Colombia – La vigencia del permiso de salida del país la establece la fecha de salida que esté en el documento. Por ejemplo: si tramitó hoy un permiso de salida del país para que mi hijo salga el 20 de marzo de 2024, será esta la fecha en la cual el permiso podrá utilizarse y por lo tanto es la fecha de vigencia. No podrá ser utilizado ni antes ni después. Por esto le sugerimos en la fecha de salida indicar un rango de tiempo, por ejemplo, autorizar la salida en marzo de 2024 o del 15 de marzo de 2024 al 30 de marzo de 2024. Este rango no debe exceder 30 días.
  5. Aportar nombres, apellidos y número del documento de identificación de quien va a viajar con el menor de edad.
  6. El padre colombiano que otorga el permiso debe presentar la cédula de ciudadanía en formato vigente, contraseña por duplicado o renovación de cédula de ciudadanía.
  7. Si el padre o la madre es extranjero, deberá presentar pasaporte vigente para poder expedir el permiso.

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