Por: El Espectador

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Este artículo fue curado por pulzo   Oct 23, 2025 - 10:08 pm
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El Juzgado 128 Penal Municipal de Bogotá notificó a Burning S.A.S., productora de la película Noviembre, acerca del fallo de una tutela presentada por familiares del magistrado Manuel Gaona Cruz, una de las víctimas de la toma del Palacio de Justicia en 1985. La película, dirigida y escrita por Tomás Corredor Pulido, se centra en la reconstrucción ficcional de uno de los acontecimientos más violentos de la historia colombiana, concentrándose en las experiencias de guerrilleros y civiles encerrados durante 27 horas, y fue estrenada el 6 de septiembre de 2025 en el Festival Internacional de Cine de Toronto, con planes de presentación en festivales internacionales y plataformas digitales como Amazon Prime Video, según la producción.

La acción judicial, interpuesta por la familia Gaona Cruz y representada legalmente por Ruth Juliana Gaona Bejarano, alegó vulneración de múltiples derechos fundamentales, entre ellos la honra, buen nombre, dignidad, intimidad y memoria histórica. Argumentaron que la película fue promovida como “basada en hechos reales” sin que la familia hubiera sido consultada o informada previamente; se enteraron de la obra a través de terceros y recibieron únicamente una invitación para el estreno en Toronto. En la proyección, observaron el uso del nombre completo del magistrado y una representación que, a su juicio, distorsiona los hechos judiciales documentados, mostrándolo como “un hombre cobarde y aliado del grupo armado M-19”, percepción que consideran inconsistentes con la realidad.

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Además, citaron un diálogo específico de la película en el que se sugiere complicidad entre Gaona Cruz y el M-19, sin evidenciar en la narrativa posterior una corrección al respecto. Por estos motivos, el juzgado concedió el amparo solicitado como mecanismo transitorio, ordenando varias medidas obligatorias a la productora: incorporar un aviso visible indicando el carácter ficcional de la obra, añadir aclaraciones en materiales promocionales y boletos, evitar declaraciones públicas que sugieran carácter documental y suprimir o modificar el diálogo considerado calumnioso.

Burning S.A.S. respondió a través de su apoderado judicial, argumentando que Noviembre es una obra protegida por la libertad de expresión y creación artística, inspirada en hechos reales, pero sin pretensiones documentales ni imputaciones judiciales directas. La empresa defendió el margen creativo inherente a las producciones ficcionales y sostuvo que el personaje del magistrado no es una representación biográfica, sino una construcción artística basada en hechos de dominio público. Señaló también que, dada su condición de figura pública, el magistrado puede estar sujeto a un mayor escrutinio, siempre que no se vulneren derechos sustanciales o se incurra en manipulación dolosa.

Pese a considerar las medidas judiciales como limitaciones a la libertad creadora, Burning S.A.S. acató el fallo e incluyó los avisos y aclaraciones solicitadas en todos los formatos y materiales promocionales dentro y fuera del país. Por su parte, el director Tomás Corredor reiteró en un comunicado que la película es un ejercicio de memoria apoyado en la licencia creativa, y no busca establecer una verdad histórica o judicial, sino invitar al público a reflexionar sobre la complejidad del pasado colombiano a través del cine.

¿Qué implica una “acción de tutela” en Colombia?

La tutela es una figura jurídica de protección inmediata de derechos fundamentales en Colombia, establecida para garantizar que cualquier persona pueda reclamar ante un juez cuando estime que un derecho constitucional está siendo vulnerado. Esta herramienta es especialmente relevante cuando otros mecanismos judiciales son insuficientes o no brindan una solución oportuna, permitiendo la adopción de medidas transitorias mientras se resuelve el fondo del conflicto.

En el caso de la película Noviembre, la tutela no solo atañe a la representación cinematográfica de hechos históricos, sino que también ilustra los límites existentes entre la libertad de creación artística y el respeto a los derechos fundamentales de las víctimas o sus familias. Este tipo de controversias evidencian la constante tensión entre memoria, arte y verdad judicial en el abordaje de hechos traumáticos de la historia reciente de Colombia.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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