Por: DIARIO DEL PEREIRA

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Este artículo fue curado por pulzo   Ago 10, 2026 - 3:30 am
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El Ministerio de Trabajo estableció, mediante la Circular expedida el 29 de julio de 2026, nuevos lineamientos y procedimientos para la vigilancia del empleo doméstico en Colombia. Esta regulación, que toma como base la Ley 2466 de 2025 y los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), busca fortalecer la formalización laboral de quienes se desempeñan como aseadoras, conductores y cuidadores en los hogares colombianos, asegurando derechos laborales esenciales y promoviendo condiciones de trabajo dignas. Según informó El Diario, las disposiciones están dirigidas principalmente a los inspectores de trabajo, sin embargo, también otorgan claridad a empleadores y trabajadoras sobre las exigencias legales vigentes.

De acuerdo con Lina Marcela Vega Montoya, coordinadora del área de Prevención, Inspección, Vigilancia, Control, Resolución de conflictos y Conciliación en el Ministerio de Trabajo seccional Risaralda, la norma estipula que toda relación laboral debe estar formalizada a través de un contrato por escrito, eliminando la validez de los acuerdos verbales. Vega Montoya recalcó la importancia de organizar la vinculación laboral y señaló que los empleadores deben garantizar una jornada máxima de 42 horas a la semana, incluso para quienes residen en el lugar de trabajo. También es imperativo cumplir con el pago de las prestaciones sociales, como cesantías, intereses, prima y dotación periódica.

En la región de Risaralda, se observan avances en la afiliación de los trabajadores domésticos a la seguridad social; sin embargo, persisten dificultades en la entrega de los implementos de trabajo. La normativa también abarca la protección a la intimidad de las personas, ya que las inspecciones que realiza el Ministerio de Trabajo en viviendas siempre deben respetar la inviolabilidad del domicilio, salvo en situaciones excepcionales como riesgo para la vida de la trabajadora o presencia de menores, en las cuales las autoridades actúan junto con la Policía Nacional y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).

En cuanto a los empleados por días, la circular enfatiza que cada empleador debe asumir individualmente sus obligaciones laborales —afiliación, pago de prestaciones y dotación— de manera proporcional al tiempo trabajado. El pago de un solo día a la semana equivale a una semana de cotización por mes al sistema, manteniendo así la cobertura en salud, pensión y riesgos. Las sanciones por incumplimiento pueden alcanzar hasta 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes, lo que resalta la seriedad de la nueva reglamentación. Actualmente, el Ministerio ha implementado jornadas pedagógicas y de prevención, visitando más de 50 hogares en Risaralda durante el año.

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¿Cuáles son los requisitos del contrato escrito para empleados domésticos en Colombia?

La Circular señala que todo vínculo laboral en el sector doméstico debe formalizarse mediante un contrato por escrito, en el que se establezcan condiciones claras sobre la jornada, remuneración, prestaciones sociales y dotación. La exigencia del contrato escrito reemplaza a los acuerdos verbales, facilitando la verificación y el control de la relación laboral.

¿Cómo se calcula la seguridad social para trabajadores domésticos por días?

De acuerdo con lo dispuesto, cada empleador es responsable de cotizar por seguridad social y prestaciones solo por el tiempo que su empleado labore con él. Por ejemplo, un día trabajado a la semana equivale a una semana de cotización al mes en el sistema. Este modelo permite a los empleados conservar beneficios en salud mientras cotizan para pensión y riesgos laborales, garantizando sus derechos de forma proporcional a su tiempo de trabajo.


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