Esta empresa colombiana opera y ejecutó varios proyectos de construcción en el municipio de Fusagasugá (Cundinamarca), donde tenía cientos de clientes a los que ahora les deberá responder.

La Superintendencia de Sociedades emitió un comunicado en el que señaló que “se decretó la intervención, bajo la medida de toma de posesión, de los bienes, haberes, negocios y patrimonio de la sociedad Makro Vivienda Constructora Inmobiliaria S.A.S., identificada con Nit. 900.357.324, y del señor Jorge Peña Piñeros, en su doble condición de representante legal de la mencionada sociedad y persona natural comerciante, en cuanto se determinó que los sujetos señalados desarrollaron actividades de captación masiva y habitual de dineros del público sin la debida autorización del Estado“.

La razón por la que esta entidad tomó la decisión es que determinaron que “los sujetos señalados desarrollaron actividades de captación masiva y habitual de dineros del público sin la debida autorización del Estado”.

Según indica la Supersociedades, este proceso de intervención judicial tiene como propósito fundamental la devolución de los dineros entregados a los captadores. Los destinatarios de la devolución, hasta donde lo permita el monto del activo inventariado y valorado en el proceso, serán los afectados que reconozca el agente interventor. De hecho, desde hace varias semanas estaban alertando sobre esta situación con esta y otras empresas.

Las personas que le entregaron su dinero a esta sociedad deben solicitarlo pronto, aunque dice el ente interventor que aquellos afectados que se presenten al proceso extemporáneamente y que sean reconocidos en esa calidad por la interventora, tendrán derecho al pago de su reclamación después de que se logren pagar las reclamaciones de los afectados que se hayan presentado oportunamente.

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Así como pasó con otra empresa que también fue obligada a devolverle el dinero a sus clientes por un hecho similar, en esta oportunidad las personas que fueron víctimas en este caso deben presentar sus reclamaciones al agente interventor designado, que es Emilgen Gil Barbosa, persona facultada para decidir sobre las mismas.

Dice la Supersociedades que “la agente interventora tiene a su cargo, a partir de la intervención judicial, la representación legal de Makro Vivienda Constructora Inmobiliaria S.A.S. y la administración de los bienes, haberes y negocios de la persona jurídica y la persona natural intervenida”. La intención es devolverles a los clientes, en la medida de lo posible, los recursos que fueron captados.

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La devolución se hará de conformidad con las reglas que regulan el proceso y para su materialización se utilizarán los dineros que pudieran llegar al proceso y los bienes que se encuentren a nombre del señor Peña Piñeres y de la sociedad, sin perjuicio de que los intervenidos voluntariamente presenten a consideración de la Superintendencia de Sociedades un plan de desmonte para devolver los recursos captados de manera no autorizada a la totalidad de las personas reconocidas en el proceso, en la forma que lo permiten el literal d) del artículo 7 del Decreto Legislativo 4334 de 2008 y el artículo 2.2.2.15.3.1. del Decreto único 1074 de 2015″, dice el comunicado.