Por: El Colombiano

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Este artículo fue curado por Leonardo Olaya   Abr 3, 2024 - 9:39 am
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La Superintendencia de Industria y Comercio emitió una sanción a 20 empresas y 26 personas naturales que se habrían beneficiado de ventajas competitivas ilegales en 33 procesos de contratación estatal ocurridos entre 2014 y 2020. La Superindustria reconoció que las prácticas en las que los implicados incurrieron se catalogan como colusión; las multas ascienden a cerca de $ 28.600 millones.

Para llegar a la sanción, la entidad obtuvo por medio del decomiso de equipos de cómputo, de grabación y teléfonos celulares, chats de los investigados (pertenecientes a las empresas que contrataron con el Estado) con funcionarios de la Superintendencia de Transporte y del Ministerio de Transporte, en los que se evidencia que se tramitaron de manera preferente distintos documentos requeridos para participar en los procesos de contratación estatal frente a otras empresas que no tuvieron el mismo trato.

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Mediante la resolución 11458 de 2024, la entidad reconoció que estas faltas atentan contra la protección del patrimonio público gracias a la afectación de la dinámica de los procesos de contratación.

En relación con los procesos de direccionamiento de los contratos, la SIC recolectó una serie de pruebas que confirmaron que estas empresas fueron seleccionadas particularmente para prestar su servicio con el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, la Corporación Autónoma Regional de Boyacá y de Cundinamarca, la secretaria de gobierno de la alcaldía de Bogotá, la Agencia Nacional del Espectro y la alcaldía de Barranquilla.

En la fase preliminar de la investigación, la Superintendencia, en ejercicio de las facultades de policía administrativa de inspección, vigilancia y control, recaudó elementos probatorios de equipos de cómputo, celulares y correos electrónicos que permitieron a la autoridad de competencia comprobar la existencia de la conducta anticompetitiva.

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De la misma manera, la entidad reconoció que las conductas de colusión habrían constado de una realización de diferentes presupuestos con el fin de alterar el presupuesto oficial para los procesos de selección; la repartición de los procesos a las entidades asignadas a los colusores; una abstención de una competencia entre los colusores para los procesos de selección; la presentación de múltiples ofertas con el aparente fin de aumentar las probabilidades de ser escogidos; y, posteriormente, repartirse la ejecución y las ganancias.

En la graduación de las multas se tuvo en cuenta como agravante la reincidencia de dos investigados en la ejecución y participación en conductas anticompetitivas. Finalmente, la entidad resaltó que los medios utilizados por los investigados se basaron en chats para coordinar los procesos de selección y materialización de las conductas anticompetitivas. Los sancionados podrán acudir a recursos de reposición.

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