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La nueva disposición que establece el inicio de la jornada nocturna a partir de las 7:00 p. m., vigente desde el 25 de diciembre, representará una transformación significativa en los costos laborales para las micro, pequeñas y medianas empresas —también conocidas como mipymes— en Colombia. Así lo advirtió María Elena Ospina Torres, presidenta ejecutiva nacional de Acopi, en declaraciones concedidas a La FM. La modificación, incluida en la reciente reforma laboral dentro de la Ley 2466 de 2025, amplía el recargo nocturno, que ahora rige desde las 7:00 p. m. hasta las 6:00 a. m., mientras que el límite anterior era desde las 9:00 p. m.
De acuerdo con la dirigente gremial, los sectores más afectados serán aquellos que dependen de horarios extendidos y turnos nocturnos, tales como el comercio minorista, la gastronomía, los bares, el turismo, el transporte, el sector salud y la vigilancia privada. Estos sectores ven cómo una proporción significativa de sus actividades laborales queda sujeta a mayores recargos, debido al inicio más temprano del periodo nocturno.
Ospina enfatizó que, para las mipymes, los efectos prácticos van más allá de una simple reasignación de horas. Reorganizar los turnos y esquemas salariales se convierte en una compleja tarea ante las dificultades operativas y las limitaciones financieras propias de este tipo de empresas. Afirmó que no siempre es viable contratar más personal para acomodar el cambio, por lo que muchas mipymes se ven obligadas, ante la imposibilidad de asumir nuevos costos, a migrar hacia esquemas de informalidad.
El cambio estipula que cualquier empleado que labore entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m. recibirá dos horas adicionales de recargo nocturno respecto al esquema anterior. Este recargo corresponde al 35% sobre el valor de la hora ordinaria, y aplica incluso cuando no se trata de horas extra, sino dentro de la jornada laboral regular.
Para 2025, según el reporte de El Colombiano, la hora nocturna en días hábiles se pagará a $8.355, en contraste con los $6.189 previos a la entrada en vigencia de la reforma. Como consecuencia, una persona que labore de 10:00 p. m. a 6:00 a. m. podría recibir un pago diario aproximado de $66.840, monto que mensualizado (sobre 230 horas trabajadas) rondaría los $1,9 millones. En otros casos, como un turno de 2:00 p. m. a 10:00 p. m., solo tres horas serán cobijadas por el recargo nocturno, con un pago adicional diario de $25.065 y un ingreso mensual estimado en $1,6 millones.
Si bien la reforma tiene el propósito declarado de fortalecer la protección al trabajador, Ospina insistió en que el impacto en las empresas pequeñas podría ser contrario, fomentando la informalidad ante la dificultad de cumplir con las nuevas exigencias. A estas presiones se suman el incremento del salario mínimo y el cumplimiento de obligaciones laborales complementarias, lo que aumenta la carga para los empleadores formales. Las mipymes, además, enfrentan obstáculos estructurales como la escasa automatización y tecnificación, especialmente en el sector manufacturero, lo cual podría agudizar aún más la tendencia hacia la informalidad laboral en el país.
¿Qué implica operar en la informalidad laboral? La informalidad laboral se refiere a la realización de actividades productivas sin el cumplimiento de las normas legales y de seguridad social establecidas para los trabajadores. Esta situación afecta a empleados y empleadores, pues los trabajadores pierden acceso a garantías como salud, pensión y prestaciones, mientras que las empresas asumen riesgos legales y limitan sus posibilidades de crecimiento. En este contexto, el aumento de la informalidad, advertido por la presidenta de Acopi, subraya la necesidad de políticas que permitan el equilibrio entre la protección al trabajador y la sostenibilidad empresarial.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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