La norma que establece la causación del IVA por parte de plataformas tecnológicas en Colombia es un hecho y comenzará a regir desde el primero de julio próximo. Sin embargo, la Dian reconoció que hay varios casos en los que tendrá que entrar a evaluar y definir qué empresas deberán cobrar el impuesto.

Las plataformas que tendrán que pagar el IVA son aquellas que prestan servicios que ya están gravados en el país, pero que están alojados en el exterior. Por ejemplo, servicios de televisión como Netflix, de entretenimiento como Spotify y Deezer.

Sin embargo, en lo que tiene que ver con Facebook y Google, el panorama aún no es tan claro porque, pese a que estas plataformas no cobran porque un usuario acceda y disfrute de los contenidos y comparta y reciba información, sí se lucran por servicios de publicidad, capacidad de segmentación y medición, con los cuales compiten directamente con el negocio de los medios de comunicación y otras empresas.

Al respecto, el director de la Dian, Santiago Rojas, se refirió en entrevista con Blu Radio. Preguntado sobre si la publicidad en Internet en plataformas como Facebook y Waze (propiedad de Google) tendrá que pagar IVA en el país, el funcionario dijo que depende.

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“Los servicios gratuitos como Facebook o Waze obviamente al consumidor no le van a cobrar nada. En materia de publicidad, depende, hay unas reglas (…) si se compra para Colombia, si se compra para el exterior… si una publicidad para Colombia, una empresa colombiana que giró al exterior, ahí tendría que hacer una retención de IVA la empresa correspondiente que compró la publicidad”, explicó el funcionario, y dijo que es muy particular cada caso.

“Dependiendo de cómo se haga el negocio y la operación”, agregó Rojas.