Por: El Colombiano

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Este artículo fue curado por pulzo   Dic 23, 2025 - 12:07 pm
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El reciente decreto de emergencia económica firmado por el Gobierno de Gustavo Petro ha suscitado un amplio debate en Colombia. Este instrumento jurídico, que estará vigente durante 30 días, ha sido presentado como una respuesta para aliviar las presiones fiscales del país y así financiar el Presupuesto General de 2026, estimando la necesidad de recaudar cerca de 16 billones de pesos adicionales. Sin embargo, uno de los argumentos que se han destacado para justificar esta emergencia es el fortalecimiento de la seguridad mediante la adquisición de sistemas antidrones, una necesidad que, según diversos funcionarios, surgió de manera imprevista debido a amenazas y ataques con drones en distintas regiones.

Este martes, Germán Ávila, ministro de Hacienda, explicó en una entrevista con W Radio que la decisión se tomó debido al uso creciente de drones por parte de actores armados ilegales, especialmente en el suroccidente del país. Ávila subrayó que estas tecnologías representan una amenaza inédita que exige inversiones inmediatas para dotar a la fuerza pública de recursos antidrones, argumentando que el Gobierno no podía anticipar este tipo de situaciones de seguridad. Este enfoque fue planteado tras la inesperada caída de la ley de financiamiento en el Congreso, lo que dejó al Ejecutivo sin herramientas ordinarias para gestionar la crisis presupuestal.

No obstante, las declaraciones oficiales reflejan que la preocupación por sistemas antidrones no es nueva. Ya en julio de 2024, el entonces ministro de Defensa, Iván Velásquez, había señalado la importancia de estas tecnologías y los avances gubernamentales en su estudio e implementación. Velásquez reconoció que si bien la administración estaba al tanto de la amenaza, en ese momento no contaban con la capacidad presupuestal para adquirir tales sistemas de forma inmediata. Además, aseguró que algunas regiones como el Cauca sí lograron adquirir estos equipos con recursos propios, e inclusive resaltó los aportes hechos por gobernadores como Juvenal Díaz en Santander, quienes contribuyeron a este fortalecimiento tecnológico sin mayores reparos.

La declaración de emergencia incluye la llamada vía excepcional para establecer nuevos impuestos, eludiendo así el trámite legislativo que el Congreso había negado previamente. El “decreto madre”, firmado por todos los ministros, da pie a la expedición de normas reglamentarias en los próximos días, lo que supone una jugada política y jurídica de alto riesgo. El Ejecutivo justificó que la urgencia responde tanto al contexto fiscal como a la protección de la seguridad pública ante amenazas que, si bien se presentan como imprevistas, llevaban más de un año identificándose como prioridad.

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Así, la controversia gira en torno a si el argumento de seguridad es suficiente para legitimar el uso de estados de excepción, o si obedece principalmente a la necesidad de encontrar fuentes alternativas de financiamiento, ante el fracaso de la ley de financiamiento en el Congreso. A este debate se suma la discusión jurídica y constitucional sobre el alcance y la pertinencia del decreto, pues los nuevos tributos serán impuestos sin el filtro del debate en el Legislativo, lo que ha generado inquietudes sobre la legitimidad democrática de la medida.

¿Qué significa un “estado de emergencia económica” y cómo afecta el marco legal y tributario?

Esta pregunta resulta clave para entender las implicaciones de los recientes anuncios del Gobierno colombiano. Un estado de emergencia económica, como el decretado ahora, permite al Ejecutivo tomar decisiones extraordinarias, entre ellas modificar el régimen tributario y adoptar medidas rápidamente para enfrentar una crisis. En el marco legal colombiano, esta figura otorga facultades especiales al Gobierno por un periodo limitado, siempre bajo control de la Corte Constitucional.

En la práctica, esto puede traducirse en la expedición de decretos con fuerza de ley, permitiendo la creación o modificación de impuestos y otras normas sin el trámite legislativo ordinario. Sin embargo, cada medida debe justificarse con base en la emergencia y es revisada posteriormente por los jueces constitucionales. El alcance y la validez de estas decisiones suelen generar debates sobre el equilibrio de poderes y la legitimidad de actuar sin la intervención directa del Congreso.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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