Por: El Espectador

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Este artículo fue curado por pulzo   Dic 22, 2025 - 2:31 pm
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El reciente panorama político y fiscal en Colombia ha estado marcado por la expectativa en torno a la emergencia económica que el Gobierno de Gustavo Petro pretende utilizar como respuesta ante la caída en el Congreso de su reforma tributaria. Este contexto adquiere especial relevancia considerando que, tras la imposibilidad de llevar adelante una reforma fiscal por vías legislativas tradicionales, el Ejecutivo decidió apostar por una masiva colocación de bonos de deuda pública, cuya operación asciende a más de 20 billones de pesos colombianos, según cálculos de la Casa de Nariño. Lo anterior se gestó mediante la utilización de la figura de Títulos de Tesorería (TES) y contó con la participación de inversionistas extranjeros, proyectando un ingreso potencial de 23 billones de pesos, cifra que supera lo que se esperaba recaudar con la frustrada reforma tributaria (16,3 billones).

Este nuevo movimiento financiero ha motivado a varias figuras del espectro político colombiano a pronunciarse. La senadora María Fernanda Cabal, del partido Centro Democrático, señaló que el endeudamiento no constituye un triunfo, sino una carga para las futuras generaciones, subrayando que “endeudar al país no es una victoria”. Tales afirmaciones suscitaron la pronta reacción del propio presidente Gustavo Petro, quien defendió la operación explicando que la nueva deuda está destinada a cubrir antiguas obligaciones adquiridas durante el gobierno anterior, bajo la administración de Iván Duque. El mandatario enfatizó, en línea con lo señalado en su cuenta oficial de Twitter, que este tipo de maniobras financieras se han realizado históricamente y dependen de factores como la tasa de interés.

En el terreno jurídico, la declaración del exsenador Humberto de la Calle puso en entredicho la legalidad de la emergencia económica. De la Calle argumentó que dicho procedimiento entra en conflicto con la Constitución y manifestó sus reservas sobre la posibilidad de que la Corte Constitucional interrumpa la vacancia judicial para pronunciarse al respecto. Según el exsenador, aún no resulta claro cuáles serían los efectos irreversibles de la vigencia de los decretos expedidos mediante esta figura.

Otra voz crítica fue la de la senadora y aspirante presidencial Paloma Valencia, quien llamó abiertamente a los ciudadanos a no pagar los impuestos surgidos al amparo de la emergencia económica, calificando tal acto como “decreto abiertamente ilegal”. Paralelamente, el ministro del Interior, Armando Benedetti, explicó desde la perspectiva gubernamental que el endeudamiento actual obedece a un vacío dejado por la no aprobación de la reforma tributaria en el Congreso, la cual debía respaldar el presupuesto nacional aprobado por 547 billones de pesos, restando un déficit de 16,3 billones.

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El debate no se limita al aspecto técnico o jurídico del procedimiento, sino que también está íntimamente vinculado a la coyuntura política que vive el país de cara a un año electoral, donde el oficialismo busca preservar el poder. Benedetti remarcó, además, que las utilidades reportadas por las empresas financieras en el año sumaron 127 billones de pesos y cuestionó el hecho de que la iniciativa fiscal fallida, según su visión, buscaba gravar especialmente a las grandes fortunas; sin embargo, la propuesta fue rechazada en el Congreso.

Frente a este complejo escenario, la sociedad colombiana permanece a la espera de la decisión que tome la Casa de Nariño respecto a la ruta a seguir en materia económica. El núcleo de la discusión gira en torno a si las medidas adoptadas garantizan la sostenibilidad fiscal sin transgredir los límites constitucionales, especialmente en un contexto en el que los intereses electorales están tan presentes.

¿Qué implica una declaratoria de emergencia económica en Colombia?

Esta pregunta resulta particularmente relevante ante la polémica que ha generado el uso de esta figura por parte del gobierno nacional. La declaratoria de emergencia económica es un mecanismo contemplado en la Constitución colombiana, que faculta al presidente de la república para tomar medidas extraordinarias, mediante decretos con fuerza de ley, en situaciones graves que perturben el orden económico, social o ecológico del país.

No obstante, su utilización exige un riguroso control constitucional y criterios claros respecto a la procedencia de la medida y los efectos de las políticas que el Ejecutivo decida adoptar bajo dicho amparo. La controversia surge, tal como se ve en los pronunciamientos recogidos por El Espectador, cuando se duda de la constitucionalidad, la pertinencia y el impacto de tales decisiones, especialmente en medio de un ambiente político polarizado y de incertidumbre económica.

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* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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