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El Gobierno Nacional oficializó la declaratoria de emergencia económica por un periodo de 30 días mediante un decreto firmado por todos los ministros, una iniciativa que busca encontrar cerca de $16 billones adicionales tras la caída de la reciente reforma tributaria en el Congreso. El objetivo, según el Ejecutivo, es obtener los recursos necesarios para financiar el Presupuesto General de la Nación en 2026. El presidente Gustavo Petro comunicó que en los próximos días se expedirán los decretos reglamentarios que posibilitarán la instauración de nuevos impuestos, recurriendo esta vez a las facultades excepcionales que otorga el estado de emergencia. Esta decisión, sin embargo, ha generado una dura controversia jurídica y constitucional, pues se percibe como un intento del gobierno por imponer tributos que el Congreso había rechazado tras un extenso debate legislativo.
La justificación central del Gobierno se ancla en la necesidad de cerrar un faltante fiscal estimado en $16,3 billones. Para ello, se propone aplicar criterios similares a los que sustentaban la Ley de Financiamiento archivada por el Congreso, concentrando la carga tributaria especialmente en los denominados “megarricos”. Autoridades del Ejecutivo insisten en que es indispensable mantener el flujo de recursos públicos para responder a las exigencias del Estado y salvaguardar la atención de los compromisos adquiridos, argumentando que la medida responde a la gravedad de la coyuntura fiscal actual.
Sin embargo, la decisión ha sido blanco de fuertes críticas por parte de expertos y exfuncionarios. Analistas como Luis Fernando Mejía, director de Fedesarrollo, y el exministro José Antonio Ocampo consideran que los argumentos esgrimidos por el Gobierno carecen del sustento constitucional requerido para declarar una emergencia económica. Ellos sostienen que los hechos en los que se soporta la medida no son sobrevinientes, inesperados ni extraordinarios, condiciones indispensables según la Constitución para justificar un estado de excepción. Ocampo enfatizó que espera una rápida respuesta de la Corte Constitucional y, de ser procedente, el rechazo de la medida.
Las críticas también se han centrado en el manejo del sistema de salud y la Unidad de Pago por Capitación (UPC), utilizada como argumento para sustentar la emergencia. El decreto destaca el desafío de igualar la prima que se paga a los pacientes entre el régimen subsidiado y el contributivo, situación en la que la cifra se redujo del 95% en 2019 al 88,9% en 2022, según información citada por el Gobierno. Para el médico Andrés Vecino, especialista en sistemas de salud, esta explicación carece de validez, porque la insuficiencia de la UPC es consecuencia de políticas presupuestales previas y no de un evento imprevisto. Calificó la decisión como una maniobra gubernamental que traslada el costo de una supuesta desfinanciación intencionada al bolsillo de los contribuyentes.
Desde el Congreso, voces como la del senador Carlos Fernando Motoa y la senadora Angélica Lozano han cuestionado el decreto, tachándolo de “abusivo” y previendo que será declarado inconstitucional. El empresariado, representado por líderes como Bruce Mac Master de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI) y Guillermo Herrera de Camacol, ha rechazado la medida, alegando que el uso del estado de excepción enturbia la seguridad jurídica y debilita la confianza de los inversionistas. Para el Observatorio Fiscal de la Javeriana, en realidad la emergencia busca imponer una reforma tributaria por decreto, eludiendo el debate democrático y convirtiendo una crisis autogenerada en la justificación para medidas extraordinarias.
¿Qué pasaría si la Corte Constitucional declara inexequible el decreto de emergencia económica?
Esta pregunta surge porque, como se ha señalado en distintas voces a lo largo del texto, la declaratoria de emergencia enfrenta severos cuestionamientos constitucionales y jurídicos. Diversos expertos y actores políticos consideran que el sustento legal presentado por el Gobierno podría no cumplir los requisitos de hechos extraordinarios e imprevisibles, y que las vías ordinarias aún estaban disponibles para enfrentar el déficit fiscal. El debate ha escalado a tal punto que la Corte Constitucional, como máximo órgano de control, deberá analizar de fondo los argumentos y decidir si la medida fue o no procedente.
En caso de que la Corte declare inexequible el decreto, quedarían sin efecto inmediato todas las reformas impositivas y normativas implementadas bajo la emergencia. El Gobierno tendría que recurrir nuevamente a los procedimientos legislativos tradicionales para aprobar cualquier nuevo tributo o ajuste presupuestal. Esto implicaría una presión adicional para el Ejecutivo en materia de cumplimiento de compromisos fiscales, limitando su margen de maniobra e impactando directamente en la planificación financiera del Estado para los próximos años.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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