La Dian señaló en su página web que en el Decreto 1165 del 2 de julio de 2019 establece el procedimiento general que debe aplicarse para los ofrecimientos de donaciones de mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas a favor de la Nación.

La entidad señala que quienes estén interesados en adquirir los bienes ofrecidos en donación deberá manifestar su interés por escrito, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de publicación del ofrecimiento, describiendo la necesidad que pretende satisfacer con los mismos y las razones que justifican su solicitud.

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¿Qué es una donación?

La Dian aclara que ese es un trámite administrativo por el cual entrega, previo cumplimiento de los requisitos normativos, a las entidades públicas del orden nacional, departamental, municipal y la fuerza pública, mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas.

Estas mercancías son resultado del cumplimiento de las tareas a cargo de la Dian para evitar el ingreso de contrabando al país.

​¿Qué mercancías pueden ser donadas por la DIAN?

Se podrán donar mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas a favor de la Nación, en los siguientes casos:

  • Cuando se afecte el comercio formal y cause competencia desleal entre los sectores de la economía.
  • Cuando las mercancías tengan restricciones legales o administrativas.
  • Cuando su comercialización no haya sido posible por haberse declarado desierto el proceso de venta en 2 oportunidades.
  • Cuando las mercancías puedan cumplir una función social, cuando puedan ser usadas para el funcionamiento de una entidad estatal, cuando puedan prestar una utilidad a los sectores de salud, de educación, de seguridad pública, de seguridad alimentaria, de servicios públicos, de cultura, de prevención y de atención de desastres.
  • Cuando no amerite su venta por ser una cantidad mínima o por no existir condiciones del mercado.

​¿Quiénes pueden ser beneficiarios de la Dian?

Cualquier entidad pública del orden nacional, departamental, municipal y la fuerza pública.

​¿Cómo acceder a las donaciones de la DIAN?

  • Ingresar a la sección Aduanas del menú principal en el portal web de la DIAN.
  • Verificar que en “Ofrecimiento donaciones mercancías ADA” las mercancías estén disponibles para ser aceptadas en donación tanto en primer como en segundo ofrecimiento.
  • Escoger el ofrecimiento sobre el cual tiene interés.
  • Manifestar el interés de aceptar la donación de la mercancía indicando el número de ofrecimiento que le interesa y adjuntando los documentos que acreditan el cumplimiento de los requisitos exigidos.