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Escrito por:  Óskar Ortiz
Redactor     May 28, 2025 - 6:13 pm

Así como hay poderosos con grandes negocios en Colombia, la diferencia entre los ingresos de las personas a nivel nacional con los del sitio mejor ubicado en el mundo son notorias.

País con pensión más alta del mundo

El país con la pensión más alta del mundo es Países Bajos. Según el índice Global Pension Index 2024, Países Bajos lidera con una puntuación de 84.8 sobre 100, destacándose en áreas como la suficiencia de los beneficios, la sostenibilidad del sistema y la integridad de la regulación.

En términos de montos específicos, los residentes que han vivido y trabajado en los Países Bajos durante 50 años pueden recibir una pensión máxima de 1.541,53 euros mensuales (unos 7’174.896 pesos colombianos). Este beneficio se acumula en un 2 % por cada año trabajado o residido en el país.

Es importante señalar que, aunque Japón posee el fondo de pensiones más grande del mundo en términos de activos (aproximadamente 1.53 billones de dólares), su sistema de pensiones no ofrece beneficios mensuales tan altos como los de los Países Bajos.

¿Cuánto gana un mayor pensionado en Colombia?

En Colombia, el monto máximo que una persona puede recibir como pensión mensual está regulado por la Ley 797 de 2003. Esta ley establece que la pensión no puede exceder los 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV). Para el año 2025, con un salario mínimo fijado en 1’423.500 pesos, el límite máximo de pensión es de 35’587.500 pesos mensuales, aunque esa cifra es muy lejano del promedio general.

Es importante destacar que este tope aplica tanto para el régimen de Prima Media, administrado por Colpensiones, como para los fondos privados de pensiones. Algunos funcionarios públicos y magistrados han logrado pensiones superiores a este límite, pero estos casos son excepcionales y no representan la norma general.

Con la entrada en vigor de la reforma pensional en julio de 2025, se implementarán cambios significativos en el sistema. Una de las modificaciones es que todos los trabajadores cotizarán en Colpensiones hasta por 3’273.050 pesos, y cualquier ingreso superior será manejado por una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI).

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¿Qué pasa con la pensión si una persona se va de Colombia?

Si una persona que ha cotizado a pensión en Colombia se va del país, sus derechos pensionales se mantienen. Colombia ha establecido mecanismos para que los ciudadanos que residen en el extranjero puedan seguir cotizando o, si ya son pensionados, reciban el pago de su mesada.

Los colombianos residentes en el exterior pueden seguir haciendo aportes al Sistema General de Pensiones, ya sea en Colpensiones (Régimen de Prima Media) o en los Fondos Privados de Pensión (Régimen de Ahorro Individual).

  • Afiliación: deben afiliarse al programa de “Colombianos en el Exterior” del fondo de pensiones de su elección.
  • Aportes: los pagos se pueden realizar a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA). Algunos fondos privados tienen convenios con bancos internacionales, o se pueden realizar giros a través de servicios como Western Union (para Colpensiones).
  • Salud: una ventaja importante es que los colombianos residentes en el exterior que ya tienen cobertura de salud en su país de residencia no tienen la obligación de cotizar a salud en Colombia al hacer sus aportes a pensión. Deben reportar su residencia en el país actual y la novedad de retiro a su EPS en Colombia.
  • Requisitos: la edad de pensión en Colombia es de 57 años para mujeres y 62 para hombres, con 1.300 semanas cotizadas.

Las personas que ya reciben una pensión en Colombia pueden continuar recibiendo su mesada pensional viviendo en el extranjero. Los requisitos para el giro de la mesada son:

  • Formulario de autorización de giro al exterior: debe ser diligenciado y firmado, incluyendo el número de documento del pensionado. Este formulario se puede descargar de la página web del fondo de pensiones.
  • Certificación bancaria de la cuenta en el exterior: se debe solicitar en el banco del país de residencia. La cuenta debe estar a nombre del pensionado, y la certificación debe tener una antigüedad máxima de seis meses. Debe incluir el número de cuenta y códigos internacionales como ABA, SWIFT, CHIP, ROUTING NUMBER.
  • Certificado de fe de vida (supervivencia): este documento es crucial y debe presentarse periódicamente (generalmente cada seis meses) ante el Consulado de Colombia en el país de residencia o ante la autoridad pública local. Este trámite es gratuito y se puede enviar por correo electrónico o postal. Colpensiones, por ejemplo, lo requiere para verificar la existencia del pensionado.
  • Forma de pago: el pago se emite en pesos colombianos (COP) a una entidad intermediaria en Colombia (un banco), que luego realiza la conversión a la moneda local del país de residencia del pensionado, aplicando la Tasa Representativa del Mercado (TRM) del día del giro.

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