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Escrito por:  Valeria Arias
Redactora     Mar 12, 2024 - 12:23 pm

Con la llegada de la era de las redes sociales los creadores de contenido han ganado mucha popularidad y su visibilidad les permite facturar en muchas campañas publicitarias y más negocios. ¿Cómo declaran renta? El propio director de la Dian, Luis Carlos Reyes, contestó la pregunta.

(Vea también: Destaparon cómo es el negocio de ‘influencers’ en Colombia y de dónde sacan tanta plata)

El dirigente de la entidad, que se ha vuelto todo un fenómeno en TikTok y ha trabajado hasta con Obama, reveló a El Tiempo algunos detalles de cómo deben declarar renta estas personas y reveló que sí les revisan las cuentas sociales.

“No solo revisa las redes, sino que en general la Dian audita la actividad económica de los contribuyentes para ver que eso que le mandan en papel corresponde con la realidad. Por ello es importante saber que los estamos siguiendo con admiración y con un ojo para que se cumpla la obligación tributaria que todo el mundo tiene”, señaló para ese medio Reyes.

En primer lugar, el director de la Dian señaló que las ganancias deben constituir renta, es decir, pueden ser gravados si, más o menos, igualan o superan los 5 millones de pesos al mes.

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¿Qué gastos son deducibles para un ‘influencer’?

“Estas personas deberían pensar como el dueño de una tienda o de un negocio. Es posible que tengan costos y gastos que se pueden deducir de la base gravable. Por ejemplo, si la persona paga a alguien para que le edite sus videos, si compra equipos fotográficos o tiene que asumir una serie de suscripciones”, agregó el economista.

Además, Reyes señaló que, por ejemplo, si un creador de contenido tiene ingresos de 10 millones de pesos, pero en gastos necesita 5, su renta sería solo de 5.

¿Cómo se declaran los impuestos como ‘influencer’?

“Ese sería un caso en el que tendría que declarar renta, pero casi con absoluta seguridad no pagaría impuesto. Lo que sí es importante es llevar una contabilidad para ver en qué están gastando para que en caso de ser auditados se demuestre una relación de causación con el ingreso”, explicó.

En cuanto a los regalos que reciben en especie, el director de la Dian también fue claro en que esto también se debe contabilizar en “valor justo de mercado” y se debe incorporar dentro de lo que reciben.

“En algunos casos, también tienen contratos de prestación de servicios con una marca que están promocionando. Todo ello tiene que entrar dentro de las consideraciones”, concluyó.

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