Si debe una o más multas por infracciones de tránsito y quiere salir de ellas rápidamente, tiene que inscribirse en la autoridad de tránsito del lugar donde vive antes del 31 de diciembre para que pueda entrar al sistema que, aparte de perdonarle el 100 % de los intereses generados por la deuda, le disminuye el 50 % de lo que tiene que pagar por la sanción.

“Tiene por objeto establecer una amnistía a los deudores de multas por infracciones al Código Nacional de Tránsito y posibilitar la suscripción de acuerdos de pago por deudas de los derechos de tránsito a las autoridades de tránsito”, indica el documento aprobado por el Congreso de la República y firmado por el presidente Duque el pasado 24 de julio.

La mayoría de conductores con deudas de tránsito pueden aplicar en estos descuentos, de acuerdo con la Ley 2027,  solo quienes hayan recibido sanciones por manejar en estado de embriaguez o bajo efectos de sustancias estupefacientes están excluidos de la medida.

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Pero ¡ojo! En los descuentos y acuerdos de pago solo aplican las multas que hayan sido impuestas antes del 31 de mayo de este año y por única vez, por lo que si le pusieron un comparendo después de esa fecha, tiene que pagarlo en su totalidad.

Los acuerdos de pago, según la ley, pueden hacerse en un plazo máximo de hasta 1 año a partir de la suscripción del pacto con las respectivas autoridades de tránsito de cada municipio o distrito del país.

“Quienes incumplan con una sola de las cuotas pactadas, perderán el beneficio de la amnistía y la autoridad de tránsito iniciará la ejecución por la totalidad de lo adeudado, procediendo a reportar la novedad sobre las multas y sanciones por infracciones de tránsito al Simit”, destaca la ley sancionada por Duque.