Expertos advierten sobre el aumento de estafas financieras en Colombia durante la temporada decembrina, cuando los ciudadanos reciben la prima de Navidad y aumenta la circulación de dinero.
Las autoridades alertan que este contexto es aprovechado por organizaciones criminales que emplean métodos cada vez más sofisticados para robar recursos, especialmente a través de fraudes digitales y suplantación de identidad.
Entre las modalidades más comunes se encuentran las falsas ofertas en redes sociales o páginas web clonadas con descuentos irreales, donde los delincuentes exigen pagos anticipados y luego desaparecen.
También son frecuentes las llamadas, mensajes de texto y correos fraudulentos que simulan provenir de bancos o entidades oficiales, ofreciendo beneficios como aumento de cupo o rebajas de intereses para inducir a las víctimas a entregar información.
Otra práctica recurrente es la suplantación de identidad, mediante la cual los estafadores, usando datos personales obtenidos ilegalmente, solicitan créditos o realizan compras a nombre de la víctima.
El texto resalta la importancia de actuar con rapidez y buscar asesoría legal especializada ante este tipo de delitos.
Bufetes como Cafore Abogados ofrecen protocolos de acción que incluyen la comunicación inmediata con entidades financieras, la denuncia ante la Fiscalía y los reportes ante las superintendencias correspondientes.
Finalmente, se enfatiza la prevención como clave: no compartir datos personales, desconfiar de promociones sospechosas, verificar vendedores y monitorear constantemente los movimientos financieros para proteger la prima, fruto del esfuerzo de todo un año.
¿Cómo es pago de la prima en Colombia?
En Colombia, la prima de servicios es una prestación social obligatoria que deben pagar los empleadores a todos los trabajadores vinculados mediante contrato laboral, ya sea a término fijo, indefinido o por obra o labor.
Este pago corresponde a un reconocimiento económico por la participación del trabajador en las utilidades de la empresa y equivale a un salario mensual por cada año trabajado, dividido en dos pagos semestrales. La prima se paga en dos momentos del año.
La primera mitad debe cancelarse a más tardar el 30 de junio y la segunda, conocida como prima de Navidad, debe pagarse antes del 20 de diciembre. Si el trabajador no ha laborado el año completo, el valor se liquida de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado durante cada semestre. Para calcularla, se toma el salario mensual, se multiplica por los días trabajados y se divide entre 360.
En la base de liquidación se incluye el salario ordinario y otros conceptos que constituyan salario, como horas extras y recargos habituales, pero no se tienen en cuenta pagos no salariales como auxilios extralegales. La prima no puede ser reemplazada por otros beneficios ni aplazarse por acuerdo entre las partes.
El no pago oportuno puede generar sanciones económicas para el empleador y el derecho del trabajador a reclamarla ante las autoridades laborales.
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