Por: EL PILON SA

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Este artículo fue curado por pulzo   Sep 21, 2026 - 3:41 pm
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El Comité Disciplinario del Campeonato de Fútbol Profesional ratificó este miércoles el resultado del compromiso jugado entre América de Cali y Alianza F.C., que terminó 3-0 a favor del cuadro vallecaucano por la novena fecha de la Liga BetPlay II-2026. La decisión se dio luego de que Alianza F.C. presentara una queja formal argumentando una presunta alineación indebida del jugador Yhormar David Hurtado Torres por parte de América de Cali.

Según la información expuesta, la controversia surgió a raíz de la participación de Hurtado en tres equipos diferentes durante la misma temporada futbolística: Deportes Tolima, Always Ready y América de Cali. Alianza F.C. basó su reclamación en el artículo 5.4 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (RETJ) de la Federación Internacional de Fútbol Asociación (FIFA), el cual limita la participación de un futbolista en más de dos clubes en una misma temporada. De esta manera, solicitó que América de Cali fuera sancionado y el resultado del partido cambiado en su favor.

No obstante, al analizar el caso, el Comité Disciplinario concluyó que la presunta inelegibilidad de Yhormar Hurtado no podía hacerse retroactiva. De acuerdo con la resolución, la declaración oficial de inelegibilidad fue tomada por la Comisión Disciplinaria de la Federación Colombiana de Fútbol, pero sus efectos comenzaron únicamente desde la notificación emitida el 4 de septiembre de 2026. Como el partido en cuestión se jugó el 3 de septiembre, es decir, antes de la notificación, Hurtado todavía tenía habilitación reglamentaria para actuar en ese partido, según las normas vigentes hasta ese momento.

El Comité indicó que aplicar la sanción de manera retroactiva vulneraría tanto el debido proceso como la seguridad jurídica, pilares fundamentales en la administración deportiva. A esto se sumó una revisión sobre la inscripción del jugador ante la División Mayor del Fútbol Colombiano (DIMAYOR), que fue realizada a través de la plataforma electrónica COMET siguiendo los procedimientos formales establecidos, por lo que no se halló ninguna irregularidad administrativa.

A través de la Resolución 093 de 2026, el Comité Disciplinario desestimó las pretensiones de Alianza F.C., por lo que se mantiene el resultado original del encuentro. Para Alianza F.C., esto implica que no se modificarán los puntos ni el resultado, pese a la controversia sobre la habilitación del futbolista involucrado.

Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

¿Por qué el Comité Disciplinario decidió no cambiar el resultado del partido entre América de Cali y Alianza F.C.?

El Comité Disciplinario determinó que la declaración de inelegibilidad del jugador Yhormar Hurtado solo tuvo efectos a partir de la notificación oficial realizada el 4 de septiembre de 2026. Como el partido se disputó el 3 de septiembre, el jugador aún se encontraba debidamente habilitado para actuar, por lo que sancionar a América de Cali de manera retroactiva habría significado una violación al debido proceso y la seguridad jurídica.

¿Qué dice el artículo 5.4 del RETJ de la FIFA sobre cambio de clubes en una temporada?

El artículo 5.4 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (RETJ) de la FIFA estipula que un jugador solo puede participar en partidos oficiales para dos clubes durante una misma temporada. Este fue el fundamento utilizado por Alianza F.C. en su reclamación, aunque en este caso el Comité Disciplinario consideró que la aplicación no era retroactiva.


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