Así como lo había confirmado el ciclista boyacense, este miércoles el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) emitió su resolución en la que desestimó el recurso de apelación que hizo el pedalista para demostrar su inocencia en el caso de supuesto uso de tramadol, por el cual fue descalificado en el reciente Tour de Francia, donde había ocupado la sexta posición.

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En ese sentido, el TAS confirmó la decisión emitida por el Director Médico de la UCI el 17 de agosto, en la que se determinó que el corredor colombiano había infringido las reglas médicas de la Unión Ciclista Internacional (UCI).

El órgano jurídico deportivo con sede en Suiza estimó, según su comunicado, que la presencia de tramadol en la sangre del escalador de 32 años —encontrada en pruebas tomadas después de las etapas del 8 y 13 de julio—  bastaba para justificar la sanción infligida por la UCI.

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La asociación de federaciones nacionales de ciclismo acogió la decisión que confirma la descalificación del colombiano del Tour de Francia 2022 por infringir la prohibición de uso de tramadol en competición.

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La entidad dejó claro que la decisión refuerza la validez de la prohibición de tramadol en el reglamento médico de la UCI para proteger la salud y la seguridad de los corredores.

Y es que desde el primero de marzo de 2019 la UCI prohibió el uso de tramadol en competición en todas las disciplinas y categorías teniendo en cuenta los efectos secundarios que produce dicha sustancia.