El de Víctor Escobar, de 59 años, se convierte así en el segundo caso de eutanasia en Colombia para pacientes que no tengan enfermedades terminales, pero sí dolorosas o incapacitantes, como le sucedió a Martha Sepúlveda.

Vale mencionar que la eutanasia de Sepúlveda, que estaba programada para el domingo 10 de octubre, quedó en pausa indefinidamente porque la EPS consideró que la enfermedad de la mujer, una esclerosis lateral amiotrófica (ELA), no había empeorado, probablemente porque la mujer salió sonriente en una entrevista que le hizo Noticias Caracol. La Supersalud exige a la EPS que explique su decisión.

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El caso de Escobar está relacionado con que el hombre padece de enfermedad pulmonar obstructiva crónica (Epoc), que aunque no es terminal, sí es incurable; el mal le fue diagnosticado hace 2 años.

(Vea también: “La Corte amparó su derecho”: Alvira pone contra las cuerdas a IPS que canceló eutanasia)

Teniendo en cuenta la reducción de la calidad de vida del paciente, el juzgado 17 de Cali ordenó a Coomeva practicarle la eutanasia a Escobar, señala Blu Radio. La orden fue proferida este lunes 11 de octubre.

La orden implica, según la frecuencia radial, que la eutanasia se le debe aplicar en el menor tiempo posible, pero la fecha exacta aún no se ha establecido.

A Escobar se le había negado el derecho a morir dignamente por tener una expectativa de vida mayor a 6 meses,  el dijo su abogado, Luis Carlos Giraldo, pero con las nuevas regulaciones fue posible obtener el permiso para detener su sufrimiento.

Este trino de Blu Radio señala que la EPS tiene 15 días después de la orden del juez para hacer efectivo el proceso de eutanasia: