Este martes 25 de abril se espera, en el marco del Congreso, que continúe el primer debate de la reforma a la salud en Colombia. Con un ambiente complejo, la iniciativa que pretende aprobar el gobierno del presidente Petro, trae algunos puntos clave para lo que sería la transición del proceso.

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De acuerdo con el documento de la ponencia de la reforma a la salud en Colombia, se busca la aprobación de una serie de facultades extraordinarias a manos del presidente Gustavo Petro.

El documento, que es fuertemente criticado incluso por partidos de la coalición nacional (Conservador, Liberal y de La U) es el centro del debate entre las tantas iniciativas clave que pretende impulsar el Gobierno a través del Congreso de la República.

De esta manera, el documento de ponencia positiva pretende que el presidente Gustavo Petro cuente con seis facultades extraordinarias en caso de que sea aprobada la reforma a la salud en Colombia.

Qué facultades extraordinarias tendría Gustavo Petro por la reforma a la salud en Colombia

  1. La primera de estas es expedir las disposiciones laborales para garantizar condiciones de trabajo “justas y dignas, con estabilidad y facilidades para incrementar los conocimientos del talento humano en salud, tanto del sector privado como del sector público”.
  2. Mientras tanto, también se le otorgarían facultades al presidente para tener disposiciones laborales de los servidores públicos del sector salud con el fin de garantizar el mérito. También se propone el manejo de las condiciones de reclutamiento y selección de los directores de las Instituciones Estatales Hospitalarias.
  3. “Establecer los procedimientos aplicables a las actuaciones administrativas y jurisdiccionales a cargo de la Superintendencia Nacional de Salud y el régimen sancionatorio que le corresponda aplicar”, dice la reforma a la salud en Colombia.
  4. Adicionalmente, estas facultades extraordinarias pretenden otorgarle al presidente Petro la capacidad de modificar y complementar las normas en materia de salud pública.
  5. “Dictar las disposiciones que sean reserva de ley y que garanticen un ordenado proceso de transición del Sistema General de Seguridad Social en Salud al Sistema de Salud, conforme a lo ordenado por la presente ley, para garantizar el derecho fundamental a la salud”, agrega la ponencia.
  6. Finalmente, se propone que el presidente pueda dictar las disposiciones, así como ejecutar las “operaciones presupuestales que se requiera para capitalizar a la Nueva EPS en el periodo de transición, así como dictar las disposiciones orgánicas que corresponda para su adecuada operación”.

Lo que sería la transición de la reforma a la salud en Colombia

Contempla el proyecto de ley que, en caso de ser aprobada, la iniciativa cuente con un periodo transicional teniendo presente que, entre las modificaciones de un sistema y otro, habrá usuarios que estén siendo atendidos.

Se lee en el proyecto de reforma a la salud en Colombia, el Sistema de Salud se implementará en forma gradual a partir de la vigencia de la presente ley.

“Es principio de interpretación y fundamento de la transición que no podrá haber personas sin protección de su salud, sin afiliación, o sin adscripción a los Centros de Atención Primaria en Salud – CAPS, bajo las reglas del nuevo Sistema de Salud, de forma que se garantice en todo momento el servicio público esencial de salud”, sentencia el documento.

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Aclara el proyecto de ley que, en ningún caso, durante el periodo de transición se podrá dejar “desprotegido del goce efectivo del derecho a la salud a cualquier persona en Colombia”.