Escrito por:  Redacción Nación
May 13, 2025 - 1:01 pm

Cumplir 18 años en Colombia es llegar a la mayoría de edad, lo que implica más compromisos con sí mismo y con el país. Uno de los primeros es la atención en salud. Cuando se es menor de edad, las personas en Colombia están bajo la cobertura de sus padres, pero al cumplir 18 años deberán cumplir con ciertos requisitos.

El Ministerio de Salud expidió el Decreto 1164 en junio de 2014, con el objetivo de garantizar que los jóvenes entre los 18 y 25 años, y que dependen económicamente de sus padres, puedan seguir recibiendo cobertura en salud. Esto es fundamental para quienes se encuentran estudiando, en búsqueda de empleo o aún no cuentan con la capacidad financiera suficiente para asumir su propia afiliación al sistema. “El objetivo es garantizar la cobertura de los beneficiarios del régimen contributivo entre los 18 y 25 años que no tienen la obligación de cotizar”, aclara el documento oficial del Ministerio de Salud.

Es decir, las condiciones para que un joven entre ese rango de edad siga afiliado a la EPS como beneficiario de sus padres son:

  • No tengan un vínculo laboral formal.
  • No tenga contrato de prestación de servicios ni sean trabajadores independientes con ingresos que les permitan cotizar de manera autónoma.
  • No estar casado ni en unión libre, y no tener ingresos propios. Sin embargo, se permiten ciertas excepciones, como prácticas empresariales o monitorías universitarias remuneradas, siempre que no superen los tres meses al año.

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La afiliación como beneficiario debe ser gestionada por el padre o madre cotizante ante la EPS correspondiente. Es responsabilidad de la EPS revisar y validar los documentos que demuestren la dependencia económica del hijo, ya sea a través de certificados de sostenimiento, constancias de no ingresos o documentos similares. Una vez aprobada la solicitud, la EPS debe garantizar el acceso a la totalidad de los servicios de salud.

Las EPS también tienen la obligación de notificar al usuario una vez el joven ha sido incluido como beneficiario y deben reportar esta información al sistema general de seguridad social en salud. Adicionalmente, la Superintendencia Nacional de Salud es la entidad encargada de vigilar que se cumpla la norma y de sancionar en caso de irregularidades.

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Requisitos para afiliar a un hijo mayor de edad a la EPS

Para completar la afiliación, los padres deben presentar ante la EPS documentos que demuestren la ausencia de ingresos propios del hijo o, en caso de ser estudiante, puede integrar constancias de estudio, aunque legalmente ya no es obligatoria. El Decreto 780 de 2016 y el artículo 218 de la Ley 1753 establecen que no es un requisito fundamental presentar certificados de estudios, aunque algunas EPS continúan solicitándolos. Ante esta situación, la recomendación es reportar cualquier exigencia adicional a la Superintendencia Nacional de Salud.

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Esta medida fue diseñada para proteger a los jóvenes en una etapa fundamental de sus vidas, permitiéndoles acceder a la salud mientras completan su formación académica o logran su independencia económica. De esta forma, Colombia asegura la continuidad de la cobertura médica y el acceso a los servicios de salud para este segmento poblacional, bajo los parámetros definidos por la ley.

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Qué pasa si trabajo y estudio

En caso de que el joven comience a trabajar, se le asigne un contrato de prestación de servicios o obtenga ingresos propios como independiente, automáticamente deberá afiliarse como cotizante y dejará de figurar como beneficiario en la EPS.

En Colombia hay muchas personas que trabajan y estudian a la vez, pero si ese contrato está respaldado por un contrato legal, pasa a ser cotizante del sistema de salud, así que pierde los beneficios de sus padres.

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