Según los argumentos del organismo de control, la JEP no es la competente para analizar si se extradita o no al exjefe guerrillero de las Farc ‘Jesús Santrich’, y por eso solicitó que ese tribunal deje la decisión en manos de la Sala de Casación Penal de la Corte.

“La Procuraduría en su calidad de sujeto procesal dentro de la JEP, conceptuó que en este caso no procede la garantía de no extradición para el señor Seuxis Paucias Hernández Solarte, por cuanto el requerimiento de extradición formulado por los Estados Unidos de América, se refiere a hechos posteriores a la firma del Acuerdo Final, esto es, el primero de diciembre de 2016”, detalló el organismo en un comunicado.

El procurador Carrillo también se pronunció al respecto:

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El organismo asegura que “hay elementos de juicio suficientes” para considerar que los delitos de narcotráfico por los que EE. UU. pide a ‘Santrich’ “no se dieron con causa, ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado”, escenario en el que queda “descartado que se tratara de un delito de ejecución permanente”.

“La Procuraduría, acogiendo criterios de la Corte Constitucional, señala que la extradición es un importante instrumento de cooperación judicial internacional, que tiene como fundamento el interés de los Estados por evitar la impunidad”, asegura el organismo, que advierte que se deben respetar estos mecanismos conjuntos para “fortalecer la justicia”.

Por ahora, se espera que la JEP se pronuncie sobre la solicitud de que entregue el expediente de ‘Santrich’ a la Corte Suprema.