La decisión del órgano judicial se tomó tras estudiar un recurso de la defensa de Santrich en el que se argumenta que la detención es “una captura ilegal” y que se “ha generado una prolongación indebida de la restricción efectiva de la libertad”, informó en un comunicado la Fiscalía General de la Nación.

A juicio de la magistrada de la sala civil, Clara Inés Márquez, la Fiscalía es la entidad competente para adelantar las actuaciones relacionadas con la captura con fines de extradición.

Además, el Alto Tribunal pudo constatar que se han cumplido los trámites pertinentes y que en el actual estado del procedimiento, no es oportuno, conforme al ordenamiento jurídico, remitir la actuación a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), como solicitó la defensa.

El artículo continúa abajo

Pese a que el acuerdo de paz alcanzado en 2016 garantiza la no extradición de miembros de las Farc por delitos cometidos antes de la firma del documento y con ocasión del conflicto armado, en el caso de Santrich no lo cobija porque, según las autoridades, los cargos de narcotráfico que se le imputan tienen que ver con hechos posteriores.

El fiscal general, Néstor Humberto Martínez, manifestó que la circular roja emitida por Interpol para la detención a petición de la justicia de Estados Unidos “da cuenta de hechos que habrían ocurrido a partir del mes de junio de 2017 y hasta abril de 2018″.

En concreto, aclaró, se trata de “un acuerdo para exportar 10 toneladas de cocaína hacia Estados Unidos”.

En consecuencia, dijo  la magistrada, “si bien los Estados Unidos no ha formalizados la solicitud de extradición para que el caso sea remitido a la JEP, lo cierto es que los términos que contempla la norma descrita no han fenecido [espirado], por lo que la aprehensión está justificada”.

Con información de EFE