Pero, ¿cuál fue esa táctica que le endilga el rotativo al expresidente Álvaro Uribe?: “Desprestigiar todas las instituciones que se atrevan a fallar en su contra”, dice el espacio dedicado a exponer la opinión de ese medio sobre el acontecer nacional. “No se puede destruir la institucionalidad en la búsqueda de una revisión a la sentencia”.

En el sentido estrictamente jurídico, El Espectador le da la razón a Arias. “Nos parece que, si en Colombia es un derecho fundamental la doble conformidad [instancia], habría que darles la razón a quienes, como Arias, buscan que sus casos sean revisados”. Pero hasta ahí. Porque para este periódico, “todo lo demás que ha dicho [Arias] sobre el proceso, sobre sus jueces, sobre su situación es una falsedad que además ataca la institucionalidad”.

“Escucharlo a él o al uribismo es creer que estamos ante un mártir víctima de una persecución política”, rechaza el rotativo, y advierte que la realidad “es otra”, pues recuerda que Arias “se fugó de la justicia cuando se vio derrotado en juicio y, así, irrespetó al país, a los colombianos, a los magistrados y no ha hecho más que destruir la justicia con sus supuestos argumentos para derribar el fallo”.

Andrés Felipe Arias y Álvaro Uribe

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Eso, dice el diario, “es una táctica muy común” del jefe político de Arias, es decir, Uribe, para quien “todas las decisiones que sean contrarias vienen de una justicia sesgada”. El Espectador tampoco da vueltas sobre las razones por las que fue condenado Arias, y considera que los hechos “están claros”.

“Hay evidencia de que se aprovecharon del programa Agro Ingreso Seguro, que en ese proceso les robaron dinero a los colombianos y que la cabeza de esa política, Andrés Felipe Arias, no hizo lo necesario para evitar que eso ocurriera”, dice el rotativo, y se pregunta: “¿Cuál persecución política?”.

El editorial de El Espectador resulta significativo, porque es, quizá, el único medio de cobertura nacional que se ha referido hasta ahora al hecho de que la Corte Constitucional aceptara estudiar la tutela del exministro de Uribe, condenado por la Corte Suprema de Justicia a 17 años de prisión por su gestión en el programa Agro Ingreso Seguro (AIS).

Desde cuando el tribunal que custodia la Constitución política de Colombia aceptó revisar el caso de Arias, la opinión al respecto ha corrido a cargo de algunos columnistas, como Yohir Akerman (en El Espectador), para quien la hipótesis de Uribe sobre una supuesta persecución a Arias es “absurda” y la “desvirtúan” los hechos; y Juan Fernando Cristo (en El Tiempo), que califica de “irónico” el hecho de que la “oportunidad” que se abre a Arias hubiera sido posible gracias a una iniciativa impulsada en la recta final del gobierno de Juan Manuel Santos.

Andrés Felipe Arias

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Este miércoles, cuando crece la expectativa por saber cuál será la respuesta de la Corte Constitucional frente a la tutela de Arias, también opina al respecto Vladdo, en El Tiempo, y coincide con el editorial de El Espectador al sostener que “al mejor estilo de su jefe natural, Uribito solo acepta un fallo de inocencia absoluta en el cual quede consignado que no solo fue erróneamente condenado, sino injustamente perseguido”.

Vladdo cree asimismo que Arias “pretende ahora definir los requisitos para los nuevos jueces que revisarían su caso, los cuales deben reunir unas condiciones que […] él se ha dedicado a enumerar, de modo que colmen sus expectativas. […] No solo quiere que se le otorgue su segunda instancia, sino que pretende escoger a su propio juez; uno que le garantice su inocencia y lo libre de todo mal. Como quien dice, un tribunal a su medida. O, mejor dicho, a la medida de Uribe”.

El exmagistrado y expresidente de la Corte Constitucional José Gregorio Hernández también dedica su columna en El Nuevo Siglo al tema de Arias, pero lo hace de una manera desapasionada.

En su espacio de opinión, recuerda que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, adoptado por la Asamblea General de ONU en 1966, suscrito por Colombia, aprobado por el Congreso mediante Ley 7 de 1968 y ratificado por el Gobierno, estableció que “todas las personas son iguales ante los tribunales y cortes de justicia”, y que “toda persona declarada culpable de un delito tendrá derecho a que el fallo condenatorio y la pena que se le haya impuesto sean sometidos a un tribunal superior, conforme a lo prescrito por la ley”.

Entrevista a Andrés Felipe Arias en Noticias RCN

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Hernández agrega otra norma que favorece los intereses de Arias, el artículo 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica) de 1969, también suscrito por Colombia y aprobado por el Congreso mediante Ley 16 de 1972, que estableció que “toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad, y a las siguientes garantías mínimas: (…) h) derecho a recurrir del fallo ante juez o tribunal superior”.

Por último, el jurista recuerda que el Congreso aprobó en 2018 el Acto Legislativo que reconoció la segunda instancia para los aforados que fueren condenados, y para eso modificó los artículos 186 y 235 de la Carta. Creó la Sala Especial de Instrucción de la Sala Penal de la Corte Suprema; confió la primera instancia a una Sala Especial de la misma Sala Penal; previó el recurso de apelación y dispuso que su conocimiento estaría a cargo de la Sala Penal de la Corte.

Sin embargo, remarca que el artículo 4 de esa reforma dispuso que el Acto Legislativo regiría solamente “a partir de la fecha de su promulgación”. Arias fue condenado en 2014.