De acuerdo con el documento, publicado por Blu Radiono se podrá consumir bebidas alcohólicas, ni sustancias psicoactivas, en ningún momento del día, en parques, ni en un radio de 200 metros entornos educativos de la ciudad.

Quienes incumplan, advirtió el alcalde Peñalosa, en sus redes sociales, serán sancionados con una multa tipo 2 del Código Nacional de Policía, es decir, deberán pagar $220.838 pesos.

De igual manera, quedaría prohibida esa práctica en plazas, plazoletas y plazuelas como:

  • Maloka
  • Palacio Liévano
  • Palacio de San Francisco
  • Palacio de Nariño
  • Palacio de San Carlos
  • Mirador Torre Colpatria
  • Parque (plaza) de Lourdes
  • Plaza de Bolívar
  • Plaza de los Mártires
  • Plaza de Usaquén
  • Plaza del Chorro de Quevedo
  • Plazoleta las Nieves
  • Plazoleta del Concejo
  • Plazoleta de Rosario
  • Parque de los Periodistas
  • Plaza España
  • Plazoleta Universidad del Rosario
  • Plazoleta Calle 85 con Carrera 15
  • Santuario de Monserrate

“Y aquellos espacios públicos a cielo abierto o cerrado de destino turístico, cultural y social.”

Asimismo, el decreto limita la venta de esas sustancias en:

Hombre prendiendo cigarro de Marihuana

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Así es ‘pico y placa’ en lugares públicos para consumidores de drogas, en Antioquia

  • Hospitales o centros de salud
  • Zonas comunes de edificios o unidades residenciales, con excepción de los salones comunales
  • Estadios, coliseos y centros deportivos
  • Vehículos de transporte terrestre público
  • Sistema de transporte masivo

Esta medida se toma luego de que la Corte Constitucional despenalizara el consumo de alcohol y drogas en sitios públicos, y permitiera a cada gobierno local regular esa práctica, y deshabilita la posibilidad de un ‘pico y placa’ para que se hiciera esa práctica es ciertos lugares.

No obstante, según Blu Radio, esta decisión iría en dirección contraria al fallo del alto tribunal, que en su momento dijo que sí podía ingerir drogas en parques, y, entonces, la pregunta que se hace ese medio es ¿dónde se podrá consumir esas sustancias?.

Al respecto, el Secretario de Gobierno de la ciudad, Iván Casas, dijo,en Noticias Caracol, que reglamentaron el artículo 67 del Código de Policía de Bogotá para “establecer que los ciudadanos pueden disfrutar de ese espacio público, con estas restricciones. Nadie podrá, en parques, plazuelas, plazoletas y entornos escolares, consumir licor ni drogas“.