Pérez Gutiérrez anunció, en rueda de prensa, que las personas no podrán ingerir drogas, ni bebidas alcohólicas desde las 6:00 de la mañana hasta las 10:00 de la noche, a 100 metros a la redonda de colegios y escuelas.

Asimismo, tampoco se podrán hacer esas prácticas alrededor de bibliotecas de uso público, en el horario de funcionamiento de los establecimientos, que generalmente es de 8:00 de la mañana a 8:00 de la noche, manifestó el gobernador.

De igual manera, hay restricción de consumo de sustancias alucinógenas y alcohol (de 6:00 de la mañana a 10:00 de la noche) en escenarios de prácticas deportivas, y, de 5:00 de la mañana a 11:00 de la noche, en las ciclovías.

Además, el gobernador Pérez le pidió a los alcaldes de los 125 municipios antioqueños hacer otras restricciones en lugares que ellos crean pertinentes para evitar que los niños estén expuestos a esas sustancias.

Lee También

De no cumplir con estas limitaciones, el infractor podrá ser sancionado con una multa de hasta 32 salarios mínimos diarios legales vigentes.

La policía municipal se encargará de hacer las multas, que luego deberán ser entregadas a los alcaldes para que ellos hagan los respectivos cobros, explicó Pérez Gutiérrez.

Esta decisión se produce luego de que la Corte Constitucional despenalizara el consumo de drogas y alcohol en parques y vías públicas, al determinar que esa prohibición vulneraba el libre desarrollo de la personalidad de manera desproporcionada.