Hernando Herrera, director de la Corporación Excelencia en la Justicia, explicó en entrevista con Yamid Amat que lo que sigue en el proceso es la ejecución de la medida de aseguramiento, durante la cual Uribe debe reportarle a la Corte Suprema el sitio donde va a estar recluido.

Mientras se cumple esa detención, la sala de instrucción seguirá avanzando, recaudando pruebas “favoreciendo la causa penal pero también aquellas que vayan ligadas a la inocencia”. Esto “hasta el momento en que cierre el periodo probatorio”, momento en que se hará una calificación en la que se establecerá “si precluye o sigue la investigación para llevarlo a juicio ante sala de primera instancia”, detalló.

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De acuerdo con el principio de favorabilidad, prosiguió Herrera, la ley 1760 establece los máximos de tiempo para que se pueda surtir esa investigación y dure la medida de aseguramiento, los cuales se podrían prolongar hasta “más o menos un año”.

Sin embargo, el experto subrayó que esta etapa solo se refiere a la etapa en la que se definirá si la investigación precluye y se archiva, o prosigue con una acusación formal.

En este último caso, el proceso pasaría de la sala de instrucción a la de primera instancia, en cuyo caso todo se prolongaría mucho más.