La multa por exceder el límite de velocidad en esos corredores será de 414.000 pesos, informó la Secretaría de Movilidad en un comunicado.

Si bien la medida empezó a regir desde finales de marzo, el comparendo para los infractores solo era pedagógico, mientras se hacían los cambios de señalización y los conductores se informaban. No obstante, desde este lunes será sancionatoria.

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La decisión se tomó, de acuerdo con la Alcaldía de Bogotá, porque estos dos importantes corredores se encuentran entre los siete con mayor número de siniestros, donde se concentra más del 13 % de las muertes por accidentes de tránsito.

Además de esas avenidas, el límite de velocidad de 50 kilómetros también se estableció en las avenidas Boyacá, Carrera 68, Ciudad de Cali, Calle 80 y Las Américas.

En los primeros cinco meses desde que se implementó la reducción del límite de velocidad, según el Distrito, hay una reducción del 34 % en fatalidades, con respecto al promedio de los últimos 3 años.