Por: El Colombiano

El Colombiano es un grupo editorial multiplataforma con más de 110 años de existencia. Nació en la ciudad de Medellín en Antioquia. Fundado el 6 de febrero de 1912 por Francisco de Paula Pérez, se ha especializado en la investigación y generación de contenidos periodísticos para diferentes plataformas en las que provee a las audiencias de piezas mult...

Este artículo fue curado por Camilo Sandolval   Sep 29, 2024 - 12:47 am
Visitar sitio

Ante la crisis de la falta de agua por la que pasa la capital del país, desde este domingo vuelve de nuevo el esquema de racionamiento diario por zonas y además la imposición de millonarias multas a quien desperdicie el líquido.

Las autoridades capitales dispusieron que el incumplimiento de estas normas puede llevar a que el usuario que se vea sancionado con multas de $694.000 y, en casos de reincidencia, hasta $1.213.000, según los artículos 100 y 180 de la Ley 1801 de 2016.

(Le puede interesar: Nuevo racionamiento de agua en Bogotá a partir del 29 de septiembre: Galán anunció cambios)

El alcalde mayor, Carlos Fernando Galán, señaló que desde este domingo se retorna esquema de racionamiento implementado a mediados de 2024, lo que implica cortes en el servicio con una duración de 24 horas, a partir de las 8:00 de la mañana, restableciéndose al mismo horario al día siguiente.

La rotación de los turnos se llevará a cabo cada diez días, comenzando con el primer turno el 29 de septiembre y culminando el 7 de octubre.

En un decreto expedido por el alcalde Galán, se destacan restricciones y directrices para fomentar un uso más responsable del recurso, como por ejemplo se prohíbe el uso de agua potable para actividades como el lavado de fachadas, vehículos y el riego de jardines, permitiendo estas actividades únicamente con agua de lluvia recolectada, reciclada o cruda.

(Le puede interesar:Bogotá volverá a tener racionamientos de agua diarios y por 24 horas, ¿desde cuándo retornará la medida?)

También prohíbe acciones que dañen o alteren cuerpos de agua y zonas de manejo ambiental, así como la captación de agua de fuentes hídricas sin autorización de las autoridades ambientales.

El artículo 100 del Código de Policía establece como acciones contrarias a la preservación del agua el uso no autorizado del recurso, arrojar sustancias contaminantes o desechos en cuerpos de agua, y dañar o alterar cuerpos de agua, zonas de ronda hídrica y zonas de manejo y preservación ambiental. También prohíbe captar agua de fuentes hídricas sin autorización y lavar bienes muebles en el espacio público o cuerpos de agua.

LO ÚLTIMO