Escrito por:  Redacción Bogotá
Abr 15, 2025 - 11:14 am

En el marco del Plan Ayacucho Plus, tropas del Gaula Militar Cundinamarca, de la Brigada 13, en articulación con el CTI de la Fiscalía General de la Nación, en la localidad de Los Mártires, en el sur de Bogotá, capturaron a dos sujetos quienes serían los responsables de extorsionar a las personas bajo la modalidad de ‘sexting’ a varios habitantes del sur de la capital.

Los capturados obtenían a través de plataformas de mensajería y redes sociales fotos y videos íntimos de sus víctimas, luego, les exigían una suma de alrededor de 2’500.000 pesos a cambio de no divulgar dicho material a familiares, amigos y personas cercanas.

Fiscalía
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De acuerdo con las autoridades, los dos sujetos eran presuntos integrantes de la banda delincuencial Tren de Aragua. 

El teniente coronel Óscar Reyes, comandante del Gaula Militar Cundinamarca, reiteró el llamado a la ciudadanía en esta Semana Santa a denunciar cualquier caso de extorsión o secuestro en la línea gratuita nacional 147 de los Gaula militares.

¿Qué implicaciones legales tiene el ‘sexting’?

Esta modalidad implica el envío de contenido íntimo explícito a través de medios electrónicos en respuesta a mensajes y fotos o videos similares. Algunos de los riesgos y consecuencias en el ciberacoso, chantaje o extorsión como el anteriormente mencionado a cambio de sumas grandes de dinero.

Sin embargo, en muchos lugares la posesión y distribución de contenido íntimo de menores es ilegal, incluso si es consentido.

La Ley 1273 de 2009 modificó el Código Penal e introdujo la protección de la información y los datos. La violación de datos personales (artículo 269F) puede aplicarse si se divulgan imágenes o videos íntimos sin el consentimiento de la persona, con penas de prisión de 48 a 96 meses y multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

En casos que involucren a menores de edad, las implicaciones son aún más graves. El envío, la posesión o la distribución de material de ‘sexting’ con menores puede constituir material de abuso íntimo (artículo 235 del Código Penal y Ley 1336 de 2009), con penas de prisión significativas.

Dependiendo del contexto y el contenido del material, podrían darse delitos como la injuria y la calumnia (si el contenido daña la honra o la reputación de alguien) o la extorsión (si se amenaza con la divulgación del material para obtener algún beneficio).

Durante un proceso judicial se podrán determinar daños físicos, psicológicos o morales que haya sufrido la víctima y por lo que el autor de los hechos deberá indemnizar a la persona de forma económica.

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¿Qué hacer si alguien comparte una foto íntima?

Si alguien comparte una foto íntima en Colombia sin consentimiento, es crucial que tome acciones inmediatas para proteger los derechos y buscar justicia.

  • Se puede presentar una denuncia en cualquier sede de la Fiscalía o a través de la página web.
  • Denunciar en la Policía Nacional.
  • Existen organizaciones que brindan apoyo legal y psicológico a víctimas de este tipo de delitos. Busque información sobre estas organizaciones en la página web de la Unidad de Delitos Informáticos de la Fiscalía General de la Nación o a través de la Defensoría del Pueblo.

Consideraciones legales importantes:

  • Violación de datos personales: la divulgación de imágenes íntimas sin consentimiento puede constituir el delito de violación de datos personales (artículo 269F del Código Penal), con penas de prisión de 48 a 96 meses y multa.
  • Violencia cibernética: el Proyecto de Ley No. 168 de 2020 busca tipificar este delito, sancionando la divulgación de material íntimo sin consentimiento.
  • Acciones de tutela: se puede interponer una acción de tutela para proteger los derechos fundamentales a la intimidad, la honra y el buen nombre, solicitando medidas urgentes para que se elimine el material y se proteja la imagen.

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