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El brutal asesinato de María Victoria Loaiza, una madre de 61 años residente en Cali, perpetrado por su inquilino Mateo Alejandro Trullo Salas, se ha convertido en símbolo de las deficiencias que enfrenta Colombia en la lucha contra los crímenes de violencia de género y la adecuada administración de justicia. María Victoria, quien llevaba las riendas económicas de su hogar y era cuidadora de su hijo Freddy Ortiz, joven que padece parálisis cerebral, decidió alquilar habitaciones en su casa buscando estabilidad financiera. Esta decisión, tomada en un acto de confianza y necesidad, derivó en desgracia el 13 de febrero de 2024, cuando Trullo la atacó mortalmente apuñalándola, dejando también a Freddy con heridas de gravedad, según fuentes originales citadas en los reportes periodísticos.
El trágico suceso generó conmoción en la comunidad caleña y desató una ola de reclamos por la forma en que fue manejado judicialmente. Tras su captura, Mateo Alejandro Trullo fue condenado a 24 años de prisión por homicidio agravado y tentativa, sentencia que posteriormente se redujo a la mitad por un preacuerdo alcanzado con la Fiscalía. La familia, así como su representación legal, recalcaron que esta condena resulta insuficiente y deja entrever problemáticas estructurales del sistema judicial colombiano, especialmente al no aplicar de manera correcta la perspectiva de género en la tipificación de estos crímenes.
La abogada Jennifer Ortega, quien representa a la familia de la víctima, señaló falencias en la actuación de la Fiscalía: el caso debió ser juzgado como feminicidio, sin embargo, la descoordinación y falta de comunicación entre funcionarios judiciales impidió una acusación adecuada. Esta situación, de acuerdo con el Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia), pone sobre la mesa que, aunque existen avances normativos en el país para combatir la violencia de género, en la práctica persisten vacíos y obstáculos para asegurar justicia efectiva.
Un informe del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses estima que, cada año, se registran cerca de 600 feminicidios en Colombia, pero solo una fracción son oficialmente reconocidos y sancionados como tal. Fallas en la recolección de pruebas y dificultades en la clasificación de los casos debilitan la confianza ciudadana y dificultan la imposición de castigos ejemplares que puedan prevenir la repetición de estos delitos.




Las consecuencias del crimen trascienden el ámbito legal. Freddy Ortiz quedó con secuelas que afectan gravemente su calidad de vida: perdió totalmente la movilidad de su brazo derecho y depende ahora de atención médica que, según su familia, es precaria debido a insuficiencias en la cobertura de la Entidad Promotora de Salud (EPS). Organizaciones como la Fundación Cali Ciudadanía advierten que la falta de políticas públicas integrales hacia personas en situación de discapacidad, especialmente cuando pierden a sus cuidadoras, profundiza la vulnerabilidad de estos grupos.
En perspectiva regional, otros países latinoamericanos como Argentina o México han avanzado con legislaciones robustas y campañas de prevención enmarcadas en el reconocimiento legal explícito del feminicidio como delito, acompañados por políticas públicas de apoyo a las víctimas y sus familias. Aunque Colombia ha sancionado leyes como la 1257 de 2008 y varios decretos orientados a erradicar la violencia de género, casos como el de María Victoria exponen severas deficiencias en su aplicación.
El dolor de la familia de María Victoria, la reducción de la condena del agresor y la ineficiencia institucional son reflejo de una problemática nacional que requiere atención urgente. Las recomendaciones de entidades especializadas, como la Red Nacional de Mujeres Colombia, instan a mejorar la capacitación de los operadores judiciales y fortalecer la articulación estatal para asegurar justicia y reparación. El caso obliga al debate nacional sobre la necesidad de penas ejemplares, adecuada tipificación del feminicidio y protección eficaz a sobrevivientes, fomentando una respuesta estatal alineada con estándares internacionales en derechos humanos.
Preguntas frecuentes relacionadas
¿Por qué es importante la tipificación del feminicidio en Colombia?La tipificación del feminicidio permite no solo distinguir la gravedad y las particularidades del asesinato de mujeres por razones de género, sino también garantizar sentencias proporcionales y medidas estatales de prevención. En Colombia, la ausencia o aplicación deficiente de esta figura obstaculiza que las víctimas y sus familias accedan a justicia real y reparadora. Así, la correcta clasificación del delito favorece la generación de estadísticas, el diseño de políticas públicas efectivas y la movilización social para enfrentar la violencia estructural por motivos de género.
Las organizaciones defensoras de derechos humanos han insistido en que la falta de tipificación impide identificar los patrones subyacentes en los feminicidios y reproducen la impunidad. Por ello, la revisión y mejora de los protocolos de actuación en la justicia colombiana es fundamental para que el dolor causado por casos como el de María Victoria Loaiza no quede sin respuesta ni prevención.
¿Qué es y qué funciones tiene la Entidad Promotora de Salud (EPS)?La Entidad Promotora de Salud (EPS) es un componente central del sistema de salud colombiano, encargada de afiliar a los ciudadanos al sistema, gestionar la prestación de servicios médicos y garantizar la atención oportuna. Dentro de su mandato, están el manejo de citas médicas, urgencias, tratamientos y procedimientos necesarios según el régimen contributivo o subsidiado.
En contextos de violencia y tragedia, como el caso de Freddy Ortiz, la atención adecuada por parte de la EPS es esencial para el apoyo físico y psicológico del afectado. Sin embargo, la deficiencia en la prestación de servicios de salud, especialmente en situaciones de víctimas con discapacidad que sufren la pérdida de su cuidador, evidencia la necesidad de mejoras urgentes en la cobertura, seguimiento y políticas humanizadas de las EPS para responder efectivamente a las necesidades derivadas de estos hechos lamentables.
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