La plenaria del Senado aprobó la Ley Aluna este martes 15 de junio en el último debate. La votación fue de 59 votos contra 2, informa El Espectador. La iniciativa se comenzó a debatir en la Corte Constitucional a mediados del 2019.

En caso de que la pareja no llegue a un acuerdo sobre el orden de los apellidos de sus hijos recién nacidos, “el funcionario de la notaría encargado del registro lo elegirá por sorteo”, dijo el senador Gustavo Petro, ponente del proyecto.

“Este proyecto revierte la norma discriminatoria contra la mujer, que privilegiaba el apellido del padre. Esto representa un cambio en este tipo de costumbre y compaginará con el principio de no discriminación contra la mujer”, señaló Petro, citado por el diario capitalino.

Una de las coautoras del proyecto, María José Pizarro, dijo en Blu Radio, que esta aprobación “es un paso hacia la transformación cultural”.

“Este es un paso más en la lucha por la igualdad, paridad y equidad en el país, es un proyecto de ley de una profunda transformación cultural y simbólica, y un reconocimiento a la maternidad y a las labores de crianza y de cuidado”, informó la representante a la emisora.

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Según Blu Radio, la medida aplicará para todos los hijos: matrimoniales, extramatrimoniales, de unión marital de hecho, adoptivos, de parejas del mismo sexo y para hijos con paternidad o maternidad declarada por decisión judicial.

La representante añade que la decisión se tomó para tumbar una ley de 1989 que decía que el primer apellido de los hijos debía ser el del padre, lo cual, a la luz de la nueva ley, viola el derecho fundamental de las mujeres a la igualdad contemplado en la Constitución de 1991.

La representante Pizarro publicó este trino con la aprobación de la medida: