Se trata de una decisión de segunda instancia que deja en firme la suspensión de las medidas del Gobierno para esa población durante el aislamiento obligatorio por la pandemia, indicó Blu Radio.
De esta manera, los artículos que restringían la movilidad de las personas de más de 70 años quedan sin efecto.
Ahora, estos ciudadanos tienen el derecho a salir durante una hora, tres veces a la semana, para actividades recreativas o hacer deporte y será decisión de cada uno si salir o no de sus casas y las veces que considere prudente hacerlo con las medidas de autocuidado, tal como sucede con las personas entre los 18 y 69 años.
Esta determinación del alto tribunal es la respuesta a la impugnación que presentó el gobierno de Iván Duque a la primera tutela que le dio la razón a los demandantes.
Aunque la Presidencia no estuvo de acuerdo con la decisión judicial y argumentó que en este grupo etario está el mayor número de víctimas de coronavirus en Colombia, el Tribunal indicó que prevalece el derecho fundamental a la igualdad, al libre desarrollo de la personalidad y a la libertad de locomoción; además, que una cuarentena tan estricta no es necesaria para preservar su vida y su salud.
“No tuvo una justificación constitucional legítima, importante, imperiosa, adecuada y necesaria, en tal medida, la decisión allí contenida se vulneraron los derechos fundamentales a la igualdad, no discriminación y dignidad humana de los accionantes, en su condición de personas adultas mayores de 70 años”, precisa la decisión, citada por RCN Radio.
El grupo que se autodenominó la ‘rebelión de las canas’ lo conformaron 24 personas, entre quienes se destacan Humberto de la Calle, Rudolf Hommes, Maurice Armitage, Cecilia López, Clara López, entre otros.