Este 11 de mayo llegó a su fin el Título 42, norma aprobada durante la pandemia que permitió la expulsión inmediata de 2,5 millones de migrantes irregulares. Ahora, Estados Unidos aplicará el Título 8, el cual establece duras consecuencias para quienes pretendan entrar ilegalmente a ese país.

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La normativa que será aplicada desde esta semana señala que las expulsiones no serán inmediatas, motivo por el que se puede presentar un arribo masivo de migrantes. Por lo tanto, las autoridades de Estados Unidos anunciaron nuevos métodos para que la migración sea legal. 

La principal apuesta de la administración de Joe Biden será el plan de reunificación familiar. Se trata de un programa que permite a los colombianos residentes en Estados Unidos pedir visas y permisos de trabajo para que sus familiares lleguen a ese país de manera lícita.

Según confirmó el Departamento de Servicio para Ciudadanía e Inmigración de EE. UU., el programa será por invitación únicamente y comenzaría a funcionar a partir de mediados de junio.

“El Departamento para la Seguridad Interna está creando nuevos procesos de libertad condicional de reunificación familiar para El Salvador, Guatemala, Honduras y Colombia […]. El gobierno de los EE. UU. entregará una autorización oportuna y eficiente para aquellos aprobados y examinados para viajar”, dice el comunicado, citado por El Tiempo.

La ley ya les permite a los colombianos residentes “pedir” a sus familiares. Sin embargo, la posibilidad de trasladarse a ese país depende de la expedición de la visa. Ahora, una vez aprobadas las solicitudes, las personas ya no tendrían que esperar a que les salga dicho documento para viajar.

Plan de reunificación familiar de Estados Unidos: quiénes pueden aplicar

Esa opción no está disponible para hermanos, abuelos, tíos o primos. De acuerdo con Blas Núñez-Neto, subsecretario interino de fronteras e inmigración, la política estará dirigida para familiares inmediatos como: 

  • Esposo o esposa de un ciudadano estadounidense.
  • Hijo o hija de un ciudadano estadounidense que no esté casado y que tenga menos de 21 años.
  • Padre o madre de un ciudadano estadounidense mayor de 21 años.
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Por el momento, los requerimientos específicos se desconocen. Sin embargo, el proceso funcionaría de manera similar al que ya aplica para los ciudadanos de Haití y Cuba.