Hace tres días, España anunció que los viajeros provenientes desde Colombia debían guardar una cuarentena de 14 días, como una medida preventiva por la COVID-19 que también aplicaba para turistas de Argentina, Bolivia y Namibia.
No obstante, en las últimas horas el gobierno español reforzó la medida y anunció que, temporalmente, se impedirá el ingreso de personas que lleguen desde los mencionados países; ni siquiera estudiantes podrán entrar a su territorio.
España impide ingreso de viajeros desde Colombia
El país europeo señaló que la medida empezará a regir a partir de este martes 27 de julio y aplicará incluso para las personas que hayan cumplido con su esquema de vacunación.
La restricción irá, inicialmente, hasta el 9 de agosto; según el comunicado del gobierno, la medida se adopta por “razones de orden público y salud pública”, teniendo en cuenta el duro momento que Colombia acaba de atravesar por la COVID-19.
Resumen orientivo
📍Vigencia: 27 julio a 9 agosto
📍prohibición afecta turistas y estudiantes (incluso vacunados)
📍Autorizados a viajar titulares de visado de larga duración— Embajada España Col (@EmbajadaEspCol) July 26, 2021
¿Quiénes podrán entrar a España desde Colombia?
Para que las autoridades españolas permitan el ingreso de viajeros desde Colombia, Argentina, Bolivia o Namibia se debe cumplir alguna de estas condiciones:
- Ser ciudadano español debidamente documentado con pasaporte en vigor o salvoconducto.
- Ser cónyuge de un ciudadano español, que le acompañe o se reúna con él, siempre que acredite dicha condición mediante el Libro de Familia, certificado de inscripción del matrimonio en el Registro Civil español, o acta de matrimonio colombiana apostillada.
- Ser descendientes directo, menor de 21 años, de un ciudadano español, de su cónyuge extranjero o de su pareja de hecho debidamente registrada, siempre que le acompañen o se reúnan con él.
- Vivir en España y demás países de la Unión Europea, así como Andorra, Islandia, Liechtenstein, Mónaco, Noruega, San Marino, Santa Sede y Suiza, que se dirijan a esos países, debidamente documentados con tarjeta de residencia en vigor.
- Tener visa de larga duración expedida por España u otro estado miembro de la Unión Europea, así como por Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, que se dirijan a esos países.
- Ser personal de transporte, marinos y el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo; o personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares, de protección civil y miembros de organizaciones humanitarias, en el ejercicio de sus funciones.
El gobierno también permitirá el ingreso de colombianos y otros extranjeros que tengan razones de fuerza mayor. Se permitirá las escalas, siempre y cuando no supere las 24 horas y el viajero no tenga que cambiar de terminal.
Los que estén entre las excepciones deben cumplir una cuarentena.
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