Por: EL PILON SA

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Este artículo fue curado por pulzo   Sep 15, 2026 - 8:26 am
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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) puso fin a un prolongado conflicto en torno a la propiedad industrial de la reconocida agrupación musical ‘Grupo Kvrass’. Mediante la providencia resolutiva de la Audiencia 3110, la SIC declaró que los músicos Luis Carlos Campillo Cárcamo y Yader José Romero infringieron la marca mixta “KVRASS”, tras utilizarla de manera indebida para actividades comerciales luego de su salida del grupo.

De acuerdo con el fallo, los dos exintegrantes tendrán que pagar un total de 5.262,6 Unidades de Valor Tributario, equivalentes a $275.623.412, por los beneficios económicos que obtuvieron por el uso no autorizado del nombre. Esta cifra corresponde a la indemnización que la entidad dispuso por el perjuicio causado, según lo argumentado y probado en el proceso a favor de la sociedad Grupo Kvrass de Colombia S.A.S. Además, la resolución sumó $5.252.715 correspondientes a las agencias en derecho, concepto destinado a cubrir los honorarios legales de la parte demandante. En conjunto, la sanción económica impuesta a Campillo y Romero supera los $280 millones.

Más allá del aspecto económico, la SIC estableció estrictas restricciones en contra de los exintegrantes tras el fallo. Se dispuso que los sancionados deben abstenerse de utilizar o promocionar eventos bajo el nombre original del grupo, así como cualquier expresión derivada, incluyendo “ExKvrass”. Igualmente, ordenó remover toda referencia publicitaria de ese nombre en bares, discotecas, tiendas virtuales, medios de comunicación, redes sociales y cualquier plataforma, imponiendo la destrucción completa del material infractor. Como parte de las acciones correctivas, la sentencia también exige la publicación de la decisión en un periódico de amplia circulación nacional, costeada por los condenados.

La reacción del Grupo Kvrass frente al fallo no se hizo esperar. De acuerdo con el pronunciamiento oficial emitido por el departamento jurídico de la agrupación, recibido en septiembre de 2026, la decisión representa “un importante respaldo a sus derechos de propiedad industrial y al reconocimiento de su identidad y trayectoria artística”. Así quedó consignado en la comunicación difundida tras conocerse el fallo de la Superintendencia.

Este litigio surgió a raíz de una disputa interna que enfrentó a los fundadores originales del grupo y la representación legal encabezada por Kenel Yancy, conocido como “Kenel Swing”, contra Romero y Campillo, quienes persistieron en emplear denominaciones similares después de la separación. Con la resolución de este caso, la SIC ratifica que cualquier uso de variantes de la marca constituye una vulneración, blindando la exclusividad del nombre para la empresa titular en la industria musical.

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¿Cuáles son las consecuencias legales por usar una marca registrada como 'KVRASS' sin autorización?

En este caso específico, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ordenó a los infractores el pago de una indemnización superior a $275 millones y el cubrimiento de honorarios legales por más de $5 millones. Además, exigió el retiro total de la marca en publicidad y la destrucción de materiales infractores, así como la publicación de la sentencia en un diario nacional. Estas medidas buscan reparar el daño y proteger los derechos de la empresa titular.

¿Qué significa propiedad industrial y cómo protege a agrupaciones como Grupo Kvrass?

La propiedad industrial es el conjunto de derechos legales que protegen las creaciones comerciales, como marcas o productos. En el caso de Grupo Kvrass, la decisión de la SIC garantiza que solo la empresa registrada puede usar el nombre o cualquier variante, amparando legalmente su identidad y evitando el aprovechamiento indebido por terceros dentro de la industria musical.


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