
Los conjuntos cerrados son una de las opciones de vivienda más importantes de Colombia, por aspectos como la economía y el acceso a varios beneficios como parques, campos deportivos, gimnasios, piscinas y salones sociales.
Sin embargo, es importante aclarar que para garantizar el buen funcionamiento de las zonas comunes no es necesario hacer un pago adicional al de la administración, ya que es obligación de los administradores asegurar el mantenimiento adecuado y regular de estos.
(Vea también: Alivio a quienes viven en conjuntos cerrados en Colombia: no tendrían que hacer odioso pago)
Y es que, en muchos casos, los arrendatarios y los propietarios han vivido el cobro extra para la limpieza o el arreglo de esas áreas.
De acuerdo con la página Leyes.co, el artículo 82 de la Ley 675 de propiedad horizontal indica que: “Es obligación de los administradores y encargados de conjuntos residenciales, hacer el mantenimiento periódico en zonas comunes, en especial a los ascensores, escaleras, bombas de agua, desagües, plantas eléctricas y tuberías de aguas negras”.
Además, Omar Cortés, gerente de Edifito.co, dice que el buen estado del parque infantil también es importante en el esquema de mantenimiento que debe hacer la administración de una propiedad horizontal y el mantenimiento de las áreas comunes son necesarias para la seguridad de los residentes y de todas las personas que frecuentan estos espacios.
Sin embargo, es importante mencionar que otro tipo de arreglos específicos o gastos inesperados que no estaban contemplados en el presupuesto ordinario de la comunidad, sí podrían requerir un pago adicional, el cual debe ser aprobado durante una asamblea extraordinaria.
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