Por: El Colombiano

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Este artículo fue curado por Sebastian Alfonso   Jul 11, 2025 - 12:58 pm
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Todo comenzó el pasado 17 de junio, cuando la Corte Constitucional devolvió la reforma al Congreso por un vicio de trámite: la Cámara de Representantes había aprobado el texto del Senado sin un debate propio, algo que, según el alto tribunal, incumplía el mínimo de deliberación exigido por la Constitución.

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Ante esa situación, el Gobierno convocó sesiones extraordinarias con el objetivo de subsanar el error y realizar el cuarto debate que había sido omitido.

El 28 de junio, en medio de un ambiente polarizado, la Cámara de Representantes aprobó el texto de la reforma pensional con 104 votos a favor y 10 en contra, luego de más de 11 horas de discusión. Sin embargo, no tardaron en aparecer nuevas dudas.

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La representante Lina María Garrido, de Cambio Radical y segunda vicepresidenta de la Cámara, advirtió que el procedimiento seguido también podría ser irregular.

¿Por qué se podría caer la reforma pensional?

La congresista sostiene que la convocatoria a sesiones extraordinarias fue ilegal, pues se hizo con base en un comunicado de prensa de la Corte Constitucional, no en un auto formalmente expedido y firmado por los magistrados.

“Convocaron a la Cámara mediante un decreto presidencial y una decisión del presidente de la Cámara, soportada en un comunicado que muestra el resuelve de un auto que aún no ha sido firmado por los magistrados. Es decir, procedieron con lo que escribió la jefe de comunicaciones de la Corte Constitucional”, aseguró Garrido.

La clave de la discusión es el Auto 841 de 2025, el cual, según la Corte Constitucional, oficializaría la devolución de la reforma pensional al Congreso. No obstante, fuentes del alto tribunal confirmaron a esta redacción que el auto no había sido expedido al momento de la convocatoria a extras.

El documento estaba en proceso de recolección de firmas y su emisión oficial solo se daría después de la Sala Plena prevista para la semana siguiente al 20 de julio.

Aún estaban pendientes al menos dos firmas clave, incluida la del magistrado Vladimir Fernández. Aunque la expedición de autos suele tardar debido a la revisión minuciosa por parte de los magistrados, la ausencia del documento en firme dejó en el aire la validez de las sesiones extraordinarias.

Desde el Ejecutivo, el ministro del Interior, Armando Benedetti, defendió la legalidad del procedimiento. Según él, la convocatoria y el nuevo debate fueron suficientes para subsanar el vicio detectado por la Corte. También el presidente de la Cámara, Jaime Raúl Salamanca, aseguró que actuaron conforme a la ley y que se garantizó la deliberación exigida.

No obstante, el debate jurídico sigue abierto. El expresidente de la Corte Constitucional, Luis Guillermo Guerrero, señaló que “el problema radica en que no ha salido el auto y se convocaron las sesiones extraordinarias sin las consideraciones completas de la Corte”.

Por eso, Guerrero advierte que la Corte había dado un plazo de 30 días para garantizar una deliberación suficiente, algo que, a su juicio, no se cumplió.

La representante Garrido fue más allá. A través de redes sociales y comunicados, insistió en que “con absoluto conocimiento, dolo y mala intención, se volvió a viciar la reforma pensional”. Recordó que los comunicados de prensa de la Corte no tienen fuerza vinculante, según lo ha establecido el mismo tribunal en decisiones anteriores.

“Convocaron sesiones extraordinarias citando un auto que no existía. El decreto presidencial menciona el Auto 841/25 como soporte jurídico, pero ese auto no estaba firmado ni en firme”, denunció Garrido.

“La Presidencia de la República acaba de rematar las sesiones extraordinarias de la reforma pensional. También me confirmó que no recibieron el Auto 841 de 2025 por parte de la Corte Constitucional…, responden que no lo recibieron, sencillamente porque el auto no está en firme. Al 8 de julio de 2025, aún no había sido firmado por los magistrados, tal como lo confirmó la misma Corte Constitucional. Es decir, se atrevieron a citar un auto que no existe… ¡hágame el favor!”, insistió la congresista.

En ese mis sentido, para Andrés Felipe Izquierdo, gerente de ISP Pensiones, la situación es clarísima: “El Gobierno convocó sesiones extraordinarias en la Cámara de Representantes sin tener una providencia judicial que lo respaldara. Y eso, jurídicamente, es un error garrafal”.

Explica que el único documento que podía justificar esas sesiones era el Auto 841 de 2025 de la Corte Constitucional, pero a hoy —11 de julio— ese auto todavía no ha sido publicado oficialmente ni firmado por los magistrados.

Lo único que había era un flash informativo del 17 de junio y un comunicado, que no son providencias judiciales. La Corte ha sido clara: los comunicados no tienen efectos jurídicos”, recalca.

Según Izquierdo, el Gobierno debió esperar la notificación formal del auto, con firmas y todo, y solo después expedir el decreto para convocar las sesiones. “Pero no, se apresuraron y sacaron el Decreto 0747 sin que existiera ese respaldo judicial. Así que, de entrada, ese decreto está viciado”, afirma.

Aunque el Congreso ya aprobó el texto, la reforma no ha entrado en vigencia. Falta el control automático de la Corte Constitucional, que ahora tendrá que revisar si el vicio inicial fue realmente subsanado y si el nuevo trámite cumple con las exigencias democráticas del procedimiento legislativo.

Fuentes del alto tribunal indicaron que el auto definitivo y el control de constitucionalidad podrían tardar varias semanas.

Mientras tanto, el Gobierno espera implementar cuanto antes la reforma, que incluye el Pilar Solidario con el que busca ampliar la cobertura pensional a adultos mayores sin ingresos.

Además, la Corte ordenó debatir y votar ampliamente tanto la proposición como el articulado del proyecto. La duda radica en si el debate surtido por la Cámara, que duró nueve horas, cumplió con ese requisito.

Para algunos sectores, el debate fue meramente formal, lo que podría llevar a la inexequibilidad de la ley en el control constitucional definitivo.

El Congreso aprobó rápidamente el texto sin una discusión de fondo. Era un requisito formal que cumplieron a la carrera. El riesgo de inexequibilidad es alto”, alertó un jurista cercano a la Corte a esta redacción.

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Y el asunto no para ahí. “Después viene el segundo error, el presidente de la Cámara citó a los congresistas el mismo día, cuando debía hacerlo con tres días de anticipación porque ya no estábamos en periodo ordinario. Publicaron la citación a la 1 de la tarde y citaron a sesión a las 7 de la noche, algo que nunca se había visto”.

El tercer error, según Izquierdo, fue poner en la agenda del sábado la votación de la ley 2381 sin que hubiera quorum decisorio el viernes para definir ese orden del día. “Técnicamente, las sesiones del viernes y sábado fueron ilegales por esas fallas en el procedimiento”.

Además, advierte que se discutió sobre la base de un comunicado, no sobre el auto oficial. “No sabemos si el auto dice exactamente lo mismo que el comunicado. Si el auto pedía revisar, por ejemplo, el artículo 5 y eso no se discutió, ahí hay otro vicio”.

Y añade otra irregularidad: “Sometieron a votación la proposición antes de dar el debate, cuando el comunicado decía que debía ser al revés: primero discutir, luego votar. Es como que te digan: ‘Ponte los zapatos y después te pones las medias’”.

Para Izquierdo, todo esto demuestra que “el Gobierno fue jurídicamente débil o, peor aún, que sabía que estaba dejando la reforma mal hecha, tal vez buscando que después la Corte la tumbe y así culpar a la oposición”.

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