Los expertos han dicho que, por la economía del país, no es un buen momento para pedir préstamos en los bancos, pero sí para crear inversiones como Certificado de Depósito a Término (CDT, que pueden dejar ganancias de hasta más de un millón de pesos en tres meses.

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Los CDT se pueden crear asistiendo directamente a las sucursales bancarias o desde las aplicaciones de cada institución financiera. Solamente las personas que los abrieron en las oficinas, pueden reclamarlo con su documento.

No obstante, si los titulares fallecen, los bancos no se quedarán con la plata.

Quiénes pueden reclamar un CDT de una persona que murió

Los cónyuges, compañeros permanentes y/o herederos pueden solicitar la entrega del dinero de un CDT en caso de que el titular haya muerto, de acuerdo con el numeral siete del artículo 127 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

Para hacer el proceso, los solicitantes deben acreditar el vínculo que tenían con el dueño de la inversión, así como la muerte del titular.

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Si la inversión es inferior a 58 millones de pesos no necesitarán un proceso de sucesión.

Los CDT tienen un plazo, según el acuerdo con el titular. Si estos no se retiran cumplido ese tiempo, muchas veces se renuevan automáticamente; por lo mismo, los que reclamen la inversión de un fallecido deben tener en cuenta la fecha límite.