Muchas veces hace parte del anhelo de los colombianos ganar el Baloto, cualquier lotería o incluso un chance y por eso resulta tan valioso conocer cuáles son esos descuentos por impuestos que se deben calcular antes de empezar a soñar con cómo gastar el premio.

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Muchos son los colombianos que están atentos a los resultados de cómo juega el Baloto e incluso algunos son los afortunados que pueden contar cómo han ganado premios con este juego de azar, con cifras que más de uno desearía.

Estos son los puntos establecidos por las autoridades en Colombia, muy prácticos para tener claridad en esas cuentas.

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¿Qué descuentos les hacen a ganadores de Baloto, lotería y chance?

El pago de estos premios genera un impuesto de ganancias ocasionales del 20 por ciento y el descuento correspondiente al Gravámen a los Movimientos Financieros, más conocido como 4 x 1.000, sobre el valor bruto obtenido en los casos correspondientes.

El primer descuento está establecido en el artículo 317 del Estatuto Tributario Nacional que dice que para ganancias ocasionales provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares:

“Fíjase en un veinte por ciento (20%), la tarifa del impuesto de ganancias ocasionales provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares.”

Ese impuesto debe ser retenido por las personas naturales o jurídicas encargadas de efectuar el pago en el momento del mismo, según indica el artículo 402 del mismo Estatuto Tributario Nacional.

Asimismo, a los ganadores por concepto de Baloto, loterías, rifas, apuestas y similares la retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta se efectuará cuando el valor del correspondiente pago o abono en cuenta sea superior a 48 Unidad de Valor Tributario (UVT).  Si el UVT en 2021 en Colombia es de 36.308, significa que el valor total sería de 1’742.784 pesos colombianos. Así está contemplado en el artículo 404-1.

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Es importante tener en cuenta que el Gravámen a los Movimientos Financieros, según el artículo 871 del Estatuto, lo constituye la realización de las transacciones financieras, mediante las cuales se disponga de recursos depositados en cuentas corrientes o de ahorros, así como en cuentas de depósito en el Banco de la República, y los giros de cheques de gerencia.

Así se ajusta el cobro de impuestos mediante transacciones financieras cuando se realiza la entrega de premios mayores a 48 UVT.