La prima de junio corresponde a un dinero importante que ingresa al bolsillo de miles de trabajadores y que debe pagarse, como plazo máximo, este viernes 28 de junio.
Teniendo en cuenta que se recibe el sueldo normal y el añadido de la mencionada prima, habrá mucha felicidad para los trabajadores que destinan ese dinero para inversión, gastos varios o simplemente para ahorro.
(Vea también: Dan aviso a miles de trabajadores en Colombia: así cotizarán por nueva reforma pensional).
Ya que el plazo máximo de pago es hoy, 28 de junio, el Ministerio de Justicia explicó qué deben hacer los trabajadores cuya prima se vea retrasada por parte de la compañía que lo emplea.
“Si no logró llegar un acuerdo con su empleador, usted puede acudir al inspector del trabajo, con el fin de recibir asesoría, presentar una queja por el incumplimiento de las obligaciones o en ciertos casos, intentar una conciliación solo sobre los derechos que el trabajador puede negociar, como el caso de las indemnizaciones o la forma y plazos para el pago de lo que le deben”, detalló esa cartera en su página web.
De igual forma, el Ministerio resalta cuál debe ser el proceso en los casos en los que no se encuentre un inspector de trabajo para adelantar la queja de la forma mencionada previamente.
“Si usted desea intentar la conciliación y no hay inspector del trabajo, podrá acudir a la Defensoría del Pueblo, al Personero Municipal o a los consultorios jurídicos de su municipio“, añadió esa cartera.
Prima en Colombia y cómo se paga este beneficio a trabajadores
El pago de la prima de servicios está regulado por la legislación laboral y se adelanta en dos partes al año. Esta prestación social es obligatoria para todos los empleados formales y corresponde a 15 días de salario por cada semestre trabajado.
La primera parte de la prima se paga a más tardar el 30 de junio (28 en este caso, por ser el último día laborable del mes) y corresponde al periodo de enero a junio. La segunda parte se paga a más tardar el 20 de diciembre y corresponde al periodo de julio a diciembre. Si un trabajador no ha laborado todo el semestre, tiene derecho a recibir una prima proporcional al tiempo trabajado.
El cálculo de la prima se hace sumando todos los salarios devengados durante el semestre y dividiendo el total entre 360 (días del año), luego multiplicando el resultado por los días efectivamente trabajados en el semestre. El resultado es la prima que debe recibir el trabajador.
LO ÚLTIMO