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Este artículo fue curado por Marizol Gómez   Ene 5, 2024 - 8:32 am
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Empiece a hacer cuentas porque las tarifas de las cuotas moderadoras y copagos de las EPS en 2024 tuvieron un incremento y un drástico cambio.

Las cuotas moderadoras y los copagos fueron incluidos en la desvinculación del salario mínimo, para que de esta manera no suban junto con el y se pueda preservar el valor adquisitivo de los ciudadanos.

(Vea también: Decisión final sobre lo que pasará con Sánitas, Sura y más EPS este año no gustó mucho)

Esto quiere decir que, aunque la cuota aumentó de precio este año, el ajuste se regirá por el incremento de la Unidad de Valor Tributario (UVT) y no con el salario mínimo como ocurría anteriormente. En este caso, para el 2024 la UVT subió 10,97 % y el mínimo aumentó 12,07 %.

¿En cuánto quedaron las cuotas moderadoras y copagos para el 2024?

A continuación, le presentamos los valores que quedaron definidos para el año 2024 de copagos y cuotas moderadoras, tanto para régimen contributivo como para el subsidiado.

(Vea también: Minsalud defiende a capa y espada el aumento de la UPC y gremios siguen alegando)

Cuota moderadora régimen contributivo:

  • – Rango A, con ingreso de menos de 2 smmlv: $ 4550
  • – Rango B, entre 2 y 5 smmlv: $ 18.199
  • – Rango C, más de 5 smmlv: $ 47.718

Copagos:

  • – Rango A (menor a 2 salarios mínimos): tope evento: $ 337.999 / Tope anual: $ 677.175
  • – Rango B (entre 2 y 5 salarios mínimos): tope evento: $ 1.354.351 / Tope anual: $ 2.708.700
  • – Rango C (superiores a 5 salarios mínimos): tope evento: $ 2.708.700 / Tope anual: $ 5.417.400

(Vea también: Dan impactante cifra sobre crisis de la salud en Colombia: hay hueco de $ 10 billones)

Régimen subsidiado

Para el régimen subsidiado no hay cuota moderadora. Los copagos se definieron así:

Nivel 1: Grupo Sisbén IV (A1 – B7): $ 588.847

Nivel 2: Grupo Sisbén IV (C1 – C18): $ 1.177.695

Diferencia entre copagos y cuotas moderadoras:

Los copagos son los aportes a una parte del valor del servicio demandado y sirven para ayudar a financiar el sistema.

(Vea también: EPS Sura tomó drástica decisión con uno de sus planes complementarios: “No está permitido”)

Mientras tanto, las cuotas moderadoras buscan regular la utilización del servicio de salud y estimular su buen uso. Deben pagarlo los afiliados cotizantes y a sus beneficiarios, mientras que los copagos se aplicarán única y exclusivamente a los afiliados beneficiarios.

Diferencia entre el régimen contributivo y el subsidiado:

El régimen subsidiado es el mecanismo mediante el cual la población más pobre del país, sin capacidad de pago, tiene acceso a los servicios de salud a través de un subsidio que ofrece el Estado.

(Lea también: EPS dicen que incremento de UPC es insuficiente: “Tendremos que hacer más con menos dinero”)

Por su parte, el régimen contributivo es un conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos y las familias al Sistema General de Seguridad Social en Salud, cuando tal vinculación se hace a través del pago de una cotización, individual y familiar, o un aporte económico previo financiado directamente por el afiliado o en concurrencia entre éste y su empleador

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